El presidente Javier Milei envió al Congreso de la Nación la «ley ómnibus», este miércoles. Se denomina «Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos».

«Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación», escribió el mandatario en sus redes sociales.

En esa línea, continuó: «Promovemos estas reformas en nombre de la Revolución de Mayo de 1810 y en defensa de la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos».

 

El posteo es acompañado por una foto en la que se observa un voluminoso cuerpo de hojas con una portada en la que se lee «Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos».

Además afirma que se promueven las reformas «en nombre de la Revolución de Mayo de 1810 y en defensa de la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos».

Esta mañana, el portavoz presidencial Manuel Adorni había anticipado que el proyecto comprende temas tributarios, laborales, penales, energéticos y electorales.

«El texto se va a dar a conocer en las próximas horas e incluye reformas profundas, necesarias y urgentes en materia tributaria, laboral, penal, energética y electoral», dijo en su habitual conferencia de prensa en la Casa Rosada.

Sobre los proyectos, dijo que «quedarán en manos de senadores y diputados» elegir si se va «hacia la libertad» y «a terminar con esta decadencia» que llevó al país a la situación actual.

El paquete de leyes lleva como título una alusión a Juan Bautista Alberdi: «Es uno de los padres de nuestra Patria y autor intelectual de nuestra primera constitución, a quien por supuesto todos saben el Presidente admira profundamente».

Esta semana, el Gobierno formalizó el llamado a sesiones extraordinarias en el Congreso Nacional desde el 26 de diciembre hasta el 31 de enero del 2024 para tratar un paquete de iniciativas impulsadas por el oficialismo, entre las que figuran reformas del Estado y del Impuesto a las Ganancias y la instauración del Sistema de Boleta Única.

Según explicó el portavoz, el proyecto «complementa» las reformas dictadas por la Casa Rosada a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dado a conocer hace una semana y ambos comparten el «norte» que está «puesto en la libertad de cada uno de los argentinos».

 

PUNTOS PRINCIPALES DEL PROYECTO 

-«Declaración de Emergencia Pública». Artículo N°3: «Declárase la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025». Además, le delega al Ejecutivo facultades legislativas dispuestas en el artículo 76 de la Constitución Nacional.

-«Privatización de Empresas Públicas».

-«Movilidad de las prestaciones». Artículo N°106: Suspéndase la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias. Facúltase al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica». «Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos», agrega.

-«Régimen de Regularización de Activos». Artículo N°130: «los sujetos residentes y no residentes podrán adherir al presente».

-«Impuesto sobre los Bienes Personales». Artículo N°166: «Créase el presente Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales («REIBP») por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, la cual opera el 31 de diciembre de 2027. ARTÍCULO 167. Sujetos alcanzados. Las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina en los términos de los artículos 116 a 123 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán optar por adherir al REIBP».

-«Primarias abiertas simultáneas y obligatorias». Artículo N°451: derogación de las PASO.