Imagen: gentileza de La Nación – Crédito: Ricardo Pristupluk

El juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla rechazó este lunes un pedido del extitular de la AFI en el macrismo Gustavo Arribas para viajar a Brasil, presentado en el marco de la causa en la que está procesado por supuesto espionaje ilegal en bases del organismo en provincia de Buenos Aires.

«No se evidencia en la petición del incidentista una razón humanitaria que torne imperiosa y urgente la salida del país de Arribas», sostuvo el juez en el fallo.

El exfuncionario del Gobierno de Cambiemos pidió viajar 20 días para asistir al inicio de clases de su hija de 11 años que vive en San Pablo, Brasil, y, además, para ocuparse de negocios vinculados a su actividad en Brasil como representante de futbolistas.

«Frente a la alegada necesidad de reunirse con su familia, no pueden obviarse los amplios recursos económicos de los que dispone el imputado y la posibilidad de que sean su esposa e hija quienes viajen a visitar al imputado y no viceversa, pues aquéllas, a diferencia de Arribas, no poseen ningún tipo de restricción para ello», argumentó Ramos Padilla al negar el permiso.

El juez sostuvo que «se trata de un viaje de negocios y familiar de parte de quien afronta diversas investigaciones vinculadas con el espionaje ilegal que lo comprometen, por lo que este tipo de peticiones, en el contexto descripto y en el estadío procesal que se transita en esta y otras causas que lo tienen como imputado, debe analizarse con suma cautela».

Arribas recordó en el pedido que hasta diciembre de 2015, cuando asumió como Director General de la Agencia Federal de Inteligencia, vivió en el estado brasileño de San Pablo y fue directivo y accionista en compañías dedicadas a representar deportistas y administración de inmuebles, entre otros rubros.

Ramos Padilla aludió al negar el permiso a la «falta de arraigo» de Arribas en la Argentina, ya que su «centro de vida familiar y comercial se encuentra en el país limítrofe», donde también están sus propiedades y empresas.

Ello «permite inferir que, de concederse esa autorización para salir del país, se incrementan de modo desproporcionado el peligro de fuga que se pretendió mitigar con la prohibición de egreso y demás medidas de coerción alternativas a la prisión preventiva que oportunamente se le impusieron», concluyó el juez.