El fiscal ante la Cámara Federal de Casación, Javier De Luca, desistió hoy de apelar la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra el gobierno por entender que los hechos allí planteados “no configuran delito”.

“Desisto fundadamente del recurso interpuesto por el colega que me antecediera en la etapa”, dice De Luca al dejar sentado que no apelará la denuncia sostenida por el fiscal German Moldes y por ende no impulsará la continuidad de la investigación por supuesto encubrimiento al atentado contra la Amia.

La acusación de Nisman había sido rechazada en primera instancia y luego por la Cámara Federal, pero el fiscal Germán Moldes pidió insistir ante Casación. La denuncia recayó en manos de De Luca, quien ahora en su dictamen recomendó desestimarla.

Los siguientes son los puntos salientes de su resolución:
*“No hubo delito alguno, consumado ni tentado”
*No es posible avanzar en medidas de prueba porque “no se logra encontrar delito alguno a averiguar y demostrar”.
*“Sostener que la firma de un tratado constituye un plan criminal, es un absurdo jurídico”.
*El Poder Ejecutivo y el Legislativo “no pueden delinquir cuando ejercen sus competencias constitucionales”, como firmar tratados.
* La supuesta intención de hacer cesar las alertas rojas de Interpol “no pueden, ni objetiva ni jurídicamente” constituir un delito de encubrimiento.
*Lo mismo puede decirse de crear una Comisión por la Verdad.
*Ordenar medidas de prueba “sólo nos conduciría a la confirmación de hipótesis no delictivas”.
* La ‘Comisión de la Verdad’ no tiene facultades jurisdiccionales, ni incidencia en la causa, más allá de una opinión que el juez puede considerar, por lo que no tiene ningún sentido argumentar sobre la base de que sus conclusiones estarían pre-arregladas para generar una hipótesis falsa.
*El supuesto intento de hacer caer las alertas rojas y la creación de una comisión que opinaría sobre el caso, no pueden constituir la base de un delito, porque no son la ‘ayuda’ típica del art. 277 CP porque se inscriben en la competencia constitucional de los otros poderes del Estado, ajenas al Poder Judicial».
*Todas las medidas de prueba propuestas por el fiscal de primera instancia, y también las sugeridas por el juez de cámara que vota en disidencia «Son totalmente impertinentes porque su producción sólo nos conduciría al mismo punto en el que estamos hoy, a la confirmación de hipótesis no delictivas».