El Gobierno dispuso hoy ampliar el programa «Ahora 12» con productos de «línea blanca», turismo y accesorios y repuestos para automotores, para «fomentar el comercio interno y beneficiar a los consumidores».

A través de una resolución de la Secretaría de Comercio Interior publicada este martes en el Boletín Oficial, también se incorporaron los «Proveedor/es y/o Comercio/s» cuyos establecimientos califiquen como «Supermercados», «Hipermercados» o «Tiendas de Rubros Generales».

Además, «Ahora 12» abarcará a «aquellos establecimientos que brinden servicios de preparación física».

Los proveedores y comercios que adhieran a la iniciativa podrán ofrecer bienes y/o servicios bajo la modalidad de 3, 6, 12 y 18 cuotas, según las categorías, según lo dispuesto.

Comercio Interior señaló que podrán ser adquiridos mediante el financiamiento previsto, los bienes de producción nacional y servicios prestados en el territorio nacional.

Asimismo, aclaró que tanto los bienes como los servicios incluidos, como los días en los cuales podrán ser adquiridos en el marco del Programa «Ahora 12», podrán ser ampliados, reducidos o modificados por esa Secretaría.

«Ahora 12» se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre próximo para aquellas operaciones efectuadas con tarjetas bancarias, pero solo hasta el 31 de agosto si se realizan con tarjetas no bancarias.

Para la Casa Rosada, este Programa, creado durante la gestión de la ex presidenta Cristina Kirchner, «se ha mostrado eficaz para fortalecer el mercado interno, ampliar el acceso a bienes e incrementar y sostener los niveles de demanda, estimular las inversiones y la producción local, y consolidar la creación de más y mejor empleo».

«Es prioridad para el Estado Nacional ejecutar políticas destinadas a promover el crecimiento económico y el desarrollo, incentivando la inversión productiva y la demanda», enfatizó el Poder Ejecutivo.

Según estableció el Gobierno, esas categorías con las siguientes:
– «Línea blanca»: comprende aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
– Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
– Calzado y marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
– Materiales y herramientas para la construcción: arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños y tuberías, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes, pisos de madera y herramientas de trabajo.
– Muebles: todos los muebles para el hogar.
– Bicicletas: todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
– Motos: incluye a unidades cuyo precio final no sea superior a 120 mil pesos.
– Turismo: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos habilitados por el organismo provincial competente, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje habilitadas, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales.
– Colchones: comprende colchones y sommiers.
– Libros: textos escolares y libros de impresión nacional.
– Anteojos: recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a 10 mil pesos.
– Artículos de Librería: comprende artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
– Juguetes y Juegos de Mesa: todos los productos.
– Teléfonos celulares 4G.
– Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
– Instrumentos musicales.
– Computadoras, notebooks y tabletas.
– Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación de tecnología LED (light-emitting diode).
– Televisores.
– Balnearios: comprende a aquellos establecimientos de la costa atlántica que ofrezcan los servicios de carpa y/o sombrilla.
– Perfumería: productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.
– Pequeños electrodomésticos.
– Servicios de preparación para el deporte.