La relación Elisa Carrió y Daniel Angelici continúa muy tirante. El último fin de semana trascendió que el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, le concedió a Angelici una medida cautelar que favorece al principal negocio del presidente de Boca.

Según reveló LA NACION, los bingos del principal operador judicial del presidente Mauricio Macri, Daniel Angelici , ya no pagan el aumento del impuesto a las Ganancias. Obtuvo una medida cautelar que convalida su principal argumento: que ese tributo es «confiscatorio» para toda la industria del juego de acuerdo a como fue diseñado.

Lavié Pico le concedió a Angelici la medida cautelar tras compartir, de manera preliminar, sus objeciones a la ley 27.346, que creó un «impuesto específico sobre la realización de apuestas», y al decreto 179/17 de Macri, que elevó la alícuota del impuesto a las ganancias para el sector del 35 al 41,5 por ciento.

La diputada Elisa Carrió y los diputados del bloque de la Coalición Cívica ARI, presentarán mañana una denuncia en la que pedirán el juicio político y la destitución del juez Lavié Pico por mal desempeño, en los términos de los artículos 53 de la Constitución Nacional y 25 de la ley Nº 24.937 del Consejo de la Magistratura.

«Existen elementos contundentes para asegurar que el doctor Lavié Pico ha incurrido en la causal de remoción por mal desempeño, prevista en el artículo 53 de la Constitución Nacional, que remite el artículo 115 de la misma. Esto, por ´incumplimiento reiterado de la Constitución Nacional, normas legales o reglamentarias´ y ´realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones´, de acuerdo a las causales previstas por el artículo 25 de la ley de Consejo de la Magistratura Nº 24.937, segundo párrafo, incisos 2° y 4°´», sostiene el escrito.

«En efecto, el magistrado ha dictado medidas cautelares en los autos ´Bingo Ramallo SA y otros c/ en-AFIP y otro s/ proceso de conocimiento» (Expte. N° 33356/2017); y «Cámara Unión Argentina de Empresarios de Entretenimiento c/ en-AFIP s/ proceso de conocimiento´ (Expediente. Nº 21.949/2017), haciendo lugar a los planteos impetrados por ambas accionantes ´suspendiendo los efectos de la ley 27.346 en cuanto aumenta la alícuota al 41,50% del Impuesto a las Ganancias y en cuanto crea el Impuesto Específico sobre la Realización de Apuestas, como así también los efectos del Dto. PEN No 179/2017, hasta que recaiga sentencia definitiva en la presente causa o se cumpla con el plazo máximo dispuesto en el artículo 5o de la ley 26.854´» explica la denuncia presentada por los legisladores de la CC ARI.

Lavié Pico estimó que esa suba al 41,5% «aparecería como confiscatoria, violando así el derecho constitucional de propiedad», por lo que estimó que correspondía darle la cautelar a las empresas de Angelici.

Con esa medida cautelar a su favor, Angelici ya no tributará un piso de $ 14 millones anuales por sus bingos -como mínimo- y, a cambio, el juez Lavié Pico le ordenó depositar $ 1,5 millón como «caución» en Tribunales, según surge de la resolución judicial cuya copia obtuvo LA NACION.

Los abogados de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apelaron la medida cautelar. Pero Lavié Pico se inclinó otra vez a favor del «Tano» Angelici y concedió el recurso con efecto «devolutivo». Es decir, que mientras se tramite la apelación, la medida cautelar seguirá vigente y, por tanto, los bingos de Angelici no tributarán el impuesto a las ganancias.