¿Por qué salen las personas condenadas y cometen otros delitos?
Nada justifica el asesinato de un semejante, pero la sociedad y principalmente los funcionarios deben replantearse conductas y normativas para que se pueda lograr una convivencia más pacífica.
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- Ago 19, 2016
La muerte de un joven a manos de otro que gozaba de libertad condicional desató una descontrolada polémica acerca de la responsabilidad de los funcionarios sobre las decisiones para permitir la salida.
Para entender las razones de estas medidas Conclusión dialogó con el abogado penalista José Ferrara, quien brindó detalles sobre cómo funciona la ley de Ejecución Penal Nº 24.660. La ley establece una serie de requisitos y controles, que se deben realizar una vez que el condenado ingresa al penal, es decir un seguimiento exhaustivo de la conducta que luego será determinante al momento que el preso solicite el beneficio de las salidas transitorias o libertad condicional. Para desentrañar el complejo tema, Conclusión dialogó con el abogado penalista José Ferrara.
Para empezar el profesional explicó que “la ley 24660 dice que todo condenado para ingresar al sistema progresivo de ejecución de pena tiene varias condiciones. Todos los condenados a pena efectiva, reincidentes o no, a la mitad de la condena por una cuestión matemática pueden gozar de salidas transitorias”.
Este beneficio puede conseguirlo “si se dan algunos guarismos que la misma ley pone como condición “sine qua non” para poder dárselo. El máximo de buena conducta del lugar donde se encuentre. Es decir, si es una comisaría el máximo es muy buena y si el servicio penitenciario el máximo es ejemplar”, indicó Ferrara.
El máximo se obtiene cada tres meses, en el Servicio Penitenciario, el máximo que se obtiene se da cada tres meses, explicó el profesional, es decir que “si accediste a la salida transitoria y hace dos meses que estás en el sistema de ejecución penal en el servicio penitenciario no va a alcanzar la conducta ejemplar”.
La escala es de la siguiente manera, “empieza con bueno cada tres meses. Si tenés un año preso tenés que alcanzar el máximo ejemplar porque cada tres meses es el cambio de conducta”, ejemplificó.
Es decir, la conducta se evalúa, los tres primeros meses con una calificación de bueno, los tres meses siguientes con muy bueno y lo tres meses siguientes con ejemplar, además tiene la exigencia del sostenimiento en el tiempo, es decir que si el condenado logra reunir estos requisitos podrá conseguir la salida transitoria.
Al respecto Ferrara indica que “hay una interpretación que para acceder a la salida transitoria tenés que tener una segunda ejemplar como mínimo tenés que tener dos ejemplares porque una es el ejemplar y la otra es la sostenimiento en el tiempo siempre y cuando te den los tiempos en los que estás dentro del servicio penitenciario”, graficó.
Es decir que “de buena a muy buena son tres meses de muy buena a ejemplar son tres meses más, la primera ejemplar tenés a los nueve meses y al año tenés el sostenimiento de la buena conducta”.
En cuanto a las evaluaciones, el abogado indicó que “también hay varios objetivos y depende de cómo te evalúan adentro del penal. También están los terapistas ocupacionales que dan su evaluación y eso dictamina si es favorable o no para tener las salidas transitorias. Eso es a la mitad de la condena. A las dos terceras partes cuando el condenado no es reinsidente tiene la libertad condicional con las mismas condiciones y cuando es reincidente no tiene la libertad condicional, solamente tiene salidas asistidas, seis meses antes del cumplimiento de la pena”, detalló Ferrara.
“Es decir que si te condenaron a 2 años y 6 meses, a los 2 años puede gozar de las salidas transitorias. Siempre que todos los informes del servicio penitenciario sean favorables, de buena conducta y demás”, ejemplificó el letrado.
Ahora bien, ¿qué sería una buena conducta dentro de un penal?, al respecto Ferrara explicó que “eso es muy subjetivo, es una cuestión de suerte porque por ahí te agarra un preso que le encuentran un celular en la celda y no se puede establecer de quién es el celular y le bajan la conducta a todos los que están en la celda, que son ocho o diez, es muy arbitrario el sistema, es muy perverso para ambas partes”.
La evaluación de los internos es muy subjetivo porque depende de la buena voluntad de quien evalúa y depende de la buena o mala suerte que tenga el condenado. Además de los imponderables, porque las cárceles no son seguras entonces los internos están en constante conflicto por problemas de convivencia, problemas con el propio servicio penitenciario y demás.
Si bien las personas condenadas están privadas de su libertad, es lo único de lo que están privadas, los demás derechos deben ser garantizados en los lugares de detención, como las condiciones dignas, el acceso a la salud, a la educación y que sea un ámbito de resocialización.
En relación a estas cuestiones, Ferrara indicó que “ningún penal de la provincia de Santa Fe garantiza lo que tiene que ser un verdadero centro de detención, un verdadero servicio penitenciario y mucho menos una comisaría. Las comisarías no están preparadas para eso ni tampoco el personal que trabaja en esas dependencias porque cumplen otras funciones”, en cambio agregó que “los que trabajan en el servicio penitenciario estudian, tienen otro tipo de régimen y de preparación. El personal de servicio penitenciario es parte del sistema si no tenés un lugar acorde a las funciones a las que vos tenés que desempeñar, las funciones tampoco van a estar acordes a lo que se debe realizar. Están totalmente condicionados porque se mezclan condenados con procesados, condenados con baja, alta y media condena, se mezclan los combinados con salidas con lo perverso que eso significa”.
“Si un interno sale (con salida transitoria) y después vuelve implica la gastada de todos los otros internos que le exigen que le traiga pastillas, que le traiga dinero y si no le buscan problemas para que no pueda volver a salir, es muy perverso el sistema”, comentó a modo de ejemplo.
Por eso se habla de esta cuestión cuando pasan estas cosas (caso Zulatto o Mauro Mansilla) y se está olvidando la verdadera discusión de fondo que debe tener. El sistema de servicio penal está totalmente en crisis y algo hay que hacer.
En los lugares de detención se vive con mucha violencia, todos los presos están en un solo ambiente y de lo único que se habla es de marginalidad. Es un lugar donde se potencia la violencia y en consecuencia las personas que salen de un penal con un grado de violencia extremo. Con lo cual Ferrara deduce que los comentarios sobre la “profesionalización del delito” dentro de los penales es un mito.
Dentro de los problemas que enfrenta el Servicio penitenciario es “la cuestión de la resocialización del preso. Esto no existe, entonces hay que sincerarse”.
La realidad es que los funcionarios “están todos preocupados en salvar su propio pellejo, entonces el juez dice que le dio el máximo de pena que le podía dar y la jueza de ejecución penal dice que aplicó la ley 24660 entonces la culpa es del legislador que tiene que cambiar la ley, entonces el legislador le responde que los presos entran por una puerta y salen por la otra y la culpa es la Justicia, se tiran la pelota unos con otros y no se discute el tema de fondo”.
La solución no es fácil, pero “obviamente hay que hacer algunas modificaciones, sobre todo hay que empezar por lo más elemental que es tener lugares apropiado de detención, que realmente sean de resocialización del detenido, porque sino lo único que se provoca es más odio y la sociedad lo que no entiendo es que hay que sincerar el discurso como nosotros odiamos a los delincuentes nosotros no podemos esperar que los delincuentes nos quieran a nosotros”, lanzó Ferrara.
Además dijo que la sociedad no tiene que ser hipócrita, porque “hay que sincerar el discurso porque si te dan inmunidad para salir a matar a diez trapitos por día, muchos saldrían a matarlos”, y continuó, “entonces seamos sinceros estás comiendo en un restaurant y tenés al lado una persona revolviendo la basura, no pretendas que la persona que está revolviendo la basura no te mate, no es responsabilidad del ciudadano pero si hay que sincerar del discurso”, graficó.
“Lo que nosotros tenemos que hacer como ciudadanos es exigir. Y si queremos exigirle al marginal que modifique la conducta hay que darle todas las posibilidades. Pero cuando él se aleje de esa conducta nosotros le apliquemos el máximo de la ley. Pero cuando no le das ni siquiera una sola oportunidad, no pretendamos que el otro nos dé una oportunidad a nosotros”, manifestó el letrado.
Además indicó que “las reglas no son claras, pero si a una persona que le dieron la salida transitoria no volvió más, se termina la libertad condicional, se terminan todos los beneficios que se le dieron y hasta que no cumpla toda la pena no sale más. Esto se puede evaluar pero acá son todos unos hipócritas que no dicen cuál es el problema de fondo cada uno trata de salvar su pellejo y se tiran la pelota unos con otros”.
Evidentemente existen falencias en los controles porque “en el caso de Sosa algo funcionó mal. Los psicólogos no pudieron establecer realmente la estructura mental que tenía este muchacho. El fue quién mató a la novia en 2008, el chico obviamente tiene una estructura perversa, psicótica pero evidentemente si lo trabajas bien con un montón de entrevistas se descubre que no está en condiciones, cualquier psicólogo se pudo haber dado cuenta”.
En las cárceles “hay terapistas ocupacionales y psicólogos, para decir que se está cumpliendo con lo que se debe cumplir. Pero en realidad no se cumple con nada. Es toda una pantalla virtual para que el sistema siga funcionando y a nadie le interesa ejecución penal”, sentenció el abogado.
La Ley de Ejecución Penal es una parte muy importante del Derecho Penal pero “generalmente los que hablan sobre esto, muy pocos saben sobre el tema y por eso tenemos los resultados que tenemos. Tiene que haber gente especializada para llevar adelante el control de la ejecución de la pena, pero además nos encontramos en otra encrucijada es que las cárceles están abarrotadas, entonces la propia cárcel empieza a reenviar a los condenados a las comisarías y es un círculo vicioso”, graficó.
Para entender la problemática de la violencia que se vive hoy en las calles, es necesario comprender que “la cárcel es muy violenta y a los chicos no hay que sacarlos del contexto, porque vienen de un ambiente violento, llegan a la cárcel que es otro ambiente violento y es imposible que una persona salga menos violento porque convive en un ambiente de extrema violencia”.
Por otra parte, indicó que “los jueces de ejecución penal saben perfectamente lo que pasa y debieran denunciarlo pero no lo hacen”, concluyó.
Por otra parte, el mismo debate surgió en marzo de este años cuando Ricardo Albertengo asesinó de un disparo en la cabeza al policía Mauro Mansilla, mientras gozaba de una salida transitoria de la que nunca regresó desde julio del 2014. La explicación de la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto.

