MIéRCOLES, 03 DE JUN.

Indemnización a la Milei: la Superintendencia de Seguros puso en marcha el Fondo de Cese Laboral

A través de una resolución, desde este jueves entra en vigencia el modelo “libertario” de indemnización por despido, con características similares a lo que fueron las AFJP en los 90.

 

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) puso en marcha este jueves los “Seguros de Cese Laboral”, un instrumento financiero que apunta a reemplazar a las indemnizaciones por despidos tradicionales, pero que es de adhesión voluntaria y requiere del acuerdo de las partes de cada actividad. Es decir, del sindicato y la cámara o federación patronal del sector.

La Superintendencia de Seguros publicó en el Boletín Oficial la Resolución 347, emitida con fecha del martes 8 de julio, pero que entra en vigencia desde este jueves 10. La medida dice que “el desarrollo de este tipo de coberturas constituye una herramienta estratégica para promover la formalización del empleo, dotar de mayor previsibilidad financieras frente a eventuales desvinculaciones laborales y fortalecer el mercado asegurador como canalizador de ahorro interno y dinamizador del desarrollo económico”.

El modelo libertario de indemnizaciones laborales por despido replica, en parte, el que desde hace años se utiliza en el sector de la Construcción, que posee características singulares: el empleo concluye cuando termina la obra. La rotación de personal, entonces, encuentra en el sistema de seguro de cese laboral -conformado por un aporte patronal que se acumula en una cuenta y puede ser invertido en activos financieros mientras no se utiliza- una opción a la indemnización tradicional por antigüedad, que en el caso de la Construcción encarece el costo laboral.

Por el contrario, en actividades industriales, que requieren de mano de obra calificada y especializada, las empresas se inclinan por retener a los trabajadores entrenados.

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El Fondo de Cese Laboral como instrumento para modificar el régimen tradicional de indemnizaciones argentino es otro hijo de la denominada Ley Bases, que establece que los fondos de cese laboral solo se podrían incluir por acuerdo de las cámaras empleadoras y los sindicatos a través de los convenios colectivos. Y la adhesión no es obligatoria, sino voluntaria, y con acuerdo de las partes.

El sistema cuenta con características similares a las de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pension (AFJP) que rigió en los años 90, durante el gobierno de Carlos Menem, y que consistía en el depósito mensual de un monto de dinero en una cuenta de las empresas de AFJP, que cobraban un porcentaje altísimo (el 30% del aporte) por “gastos administrativos” y utilizaban esos recursos -destinados a una futura jubilación o seguro de retiro- para colocarlos en inversiones financieras. En los hechos, terminó financiando el déficit de caja del Estado durante el gobierno de la Alianza que encabezó Fernando de Rúa.

En el caso del Fondo de Cese Laboral, el empleador -a través de aportes periódicos- destinará a cuentas especiales a nombre de cada empleado participante un monto de dinero, que constituirá en la compañía de seguros de vida o de retiro un saldo que se utilizará como indemnización en caso de despido.

El sistema también permite al trabajador aportar a su propia y eventual indemnización, ya que el empleado podrá ahorrar de forma voluntaria en una cuenta individual de la que tendrá libre disponibilidad. Ese dinero se puede “timbear” mientras no se use. La Comisión Nacional de Valores (CNV) habilitó mediante resolución una cartera de inversiones para que la aseguradora coloque esos fondos a fin de aumentar su rendimiento, si la inversión es próspera. También pueden disminuir.

El fondo, por otra parte, es inembargable, mientra que la cuenta individual del empleado será de libre acceso para el trabajador. Lo depositado en la cuenta especial -donde aporta el empleador- solo puede retirarse en el supuesto de la desvinculación por alguna de las causales explicitadas en la póliza.

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