JUEVES, 04 DE JUN.

Fallo favorable para la Argentina en la causa YPF: Estados Unidos permitió apelar sin entregar acciones de la petrolera

Lo decidió la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, quien también aceptó que el gobierno de EEUU sea “amicus curiae” del país. La defensa argentina apeló la orden y, mientras tanto, el tribunal concedió una suspensión administrativa temporal para frenar la transferencia de las acciones.

 

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York tomó una decisión de aceptar la solicitud de la Argentina en la causa YPF y suspendió la orden que obligaba al Estado a entregar el 51% de la petrolera a manos de los fondos Burford e Eton Park, hasta que se resuelvan las apelaciones. Además, aceptó que el gobierno de Donald Trump presente sus documentos como “amigo de la corte”. O sea, por el momento, suspendió la orden de la jueza Loretta Preska del 30 de junio pasado.

Se trataba de un fallo muy esperado en las últimas horas y de las opciones que tenía el tribunal, terminó optando por la que más beneficia al país. “La Corte de Apelaciones le dice a la República Argentina y a los beneficiarios del fallo que pedir las acciones de YPF como forma de pago en esta instancia es ir muy lejos, sabiendo que las acciones de YPF no se pueden transferir de Buenos Aires a Nueva York porque se necesita la aprobación del Congreso”, dijo Sebastián Maril, consultor de Latam Advisors y especialista en juicios que enfrenta la Argentina en el exterior.

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El 30 de junio pasado, la jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, ordenó a la Argentina entregar el 51% de las acciones de YPF a los fondos demandantes como forma de pago de la sentencia de primera instancia, que fijó una indemnización de US$16.100 millones más intereses a favor de Burford y Eton Park.

La defensa argentina apeló la orden y, mientras tanto, el tribunal concedió una suspensión administrativa temporal para frenar la transferencia de las acciones. A diferencia de lo que ocurre en la Argentina, en Estados Unidos la sentencia de primera instancia no se suspende automáticamente cuando se apela: es el juez quien decide si concede o no esa medida.

El artículo 10 de la Ley 26.741, que habilitó la expropiación de YPF, establece que el Estado argentino no puede transferir las acciones sin autorización previa del Congreso. “Esta decisión garantiza que la República Argentina conserve la participación mayoritaria del Estado en la compañía mientras avanza la apelación, constituyendo un paso decisivo en la defensa de un activo estratégico y de los intereses de todos los argentinos”, sostuvo la Procuración del Tesoro.

Las apelaciones del Gobierno argentino

Actualmente, el Estado argentino sostiene dos apelaciones en paralelo: por un lado, la sentencia de primera instancia que obliga a pagar la indemnización a Burford Capital y Eton Park; por otro, el reciente pedido de Preska que exige la entrega del 51% de las acciones de YPF.

En la primera causa, todas las partes ya presentaron sus escritos y la Cámara fijó una audiencia para la semana del 27 de octubre próximo. Tras esa audiencia, la Cámara estará en condiciones de resolver esta apelación, pero no tiene plazo para hacerlo.

En la segunda, la Cámara dispuso que la defensa argentina presente su primer escrito con argumentos detallados el 25 de septiembre. Los fondos demandantes podrán responder semanas después. Hasta esa fecha, la Corte de Apelaciones dispuso este viernes que se mantenga suspendida la orden de entrega de las acciones.

 

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