JUEVES, 04 DE JUN.

Cómo funcionará el mecanismo para revocar el mandato de funcionarios en la nueva Constitución

La comisión de Funcionamiento del Estado de la Convención reformadora dio el visto bueno a la revocatoria de mandatos “por grave incumplimiento de los deberes propios de la función”. ¿Cómo será?

 

En la nueva Constitución de Santa Fe, que será aprobada en diez días, la ciudadanía tendrá el “derecho” a requerir la revocación de los mandatos de los funcionarios electivos provinciales “por grave incumplimiento de los deberes propios de la función” que les fue encomendada por el voto popular. Así quedó escrito en el dictamen de mayoría de la comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana que fue aprobado en la madrugada de este sábado por la Convención reformadora.

Ese mecanismo de participación ciudadana que quedará incluido en el nuevo texto magno establece una serie de requisitos. Por ejemplo, según se lee en el dictamen de mayoría ya aprobado, la ciudadanía podrá requerirlo “después de transcurrido un año desde la iniciación del mismo y antes de los diez meses de su finalización”.

Además, quedó restringido sólo a los “funcionarios electivos provinciales”. Es decir, gobernador, vice, diputados y senadores, que son aquellos que se someten al voto popular. Los convencionales descartaron, también, los cargos electivos de menor rango como intendentes, presidentes de comuna y concejales.

 

 

Entre las limitaciones establecidas para la inclusión de ese instituto en la Constitución de Santa Fe se encuentra la del porcentaje de la voluntad popular necesario para impulsarlo. El dictamen establece que “el procedimiento de revocatoria tramitará a pedido de un número de ciudadanos inscriptos en el padrón electoral del distrito no inferior al veinticinco por ciento del total”. Es decir, se necesitará una cuarta parte del padrón para promover la medida.

Mientras que, para remover a un funcionario provincial de cargo electivo de su función será necesario el 50% del padrón. “Si la opción por la revocatoria del mandato hubiere obtenido el apoyo de más del cincuenta por ciento de los electores inscriptos en el padrón electoral del distrito correspondiente, el funcionario quedará destituido del cargo”, dirá la nueva Constitución provincial.

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De todos modos, el resto de los parámetros para implementar ese mecanismo de participación ciudadana -que la Constitución establece en términos generales- quedarán regulados en una ley que deberá sancionar la Legislatura.

Los requisitos y procedimientos de la convocatoria son determinados por una ley sancionada con el voto de los dos tercios de la totalidad de los miembros de cada Cámara”, señala el dictamen que el pleno de la Convención reformadora aprobó en la madrugada de este sábado, en relación a Diputados y Senadores.

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