JUEVES, 04 DE JUN.

Rechazaron la acusación contra el ex fiscal Serjal en la causa por contaminación ambiental en Capitán Bermúdez

El juez Tomás Orso rechazó la acusación contra el ex fiscal regional de Rosario en una causa por polución y dispuso su sobreseimiento.

 

La Cámara de Apelaciones de Rosario revocó la acusación contra el ex fiscal regional Patricio Serjal y dispuso su sobreseimiento en el marco de una causa por contaminación ambiental en Capitán Bermúdez por considerar que la conducta imputada es «atípica», es decir, no configura un delito penal. 

La resolución fue dada conocer por el juez Tomás Orso, quien resolvió la apelación que había sido interpuesta por los abogados defensores Ignacio Carbone y Gustavo Feldman, en representación de Serjal, y Claudio Puccinelli y Alejandro Parolo, en representación del entonces fiscal de Estado adjunto Gustavo Luzzini. 

Serjal y Luzzini habían sido imputados a principio de 2021 por los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery, quienes investigaban por qué se había cerrado la investigación sobre la Petroquímica Bermúdez, cuando había motivos para continuar con la pesquisa sobre las causas de la “bomba ambiental”, como se denominó este episodio. 

En su resolución, el camarista Orso avaló las posturas defensivas de los acusados y revocó la resolución dictada por el juez Ariel Cattaneo el 12 de agosto de 2025, en la que se había admitido la acusación fiscal e invalidado los planteos de sobreseimiento, archivo y prescripción. 

 Orso concluyó que las conductas atribuidas a Patricio Serjal y Gustavo Luzzini resultaban «atípicas». El magistrado arribó a esta conclusión al considerar que los hechos imputados (abuso de autoridad, omisión de persecución penal, encubrimiento agravado) exigen dolo o un malicioso apartamiento de la ley, lo cual no se configuró: las acciones de los imputados fueron consideradas actos llevados a cabo en el ejercicio de sus funciones y, por lo tanto, no constituían delito alguno, entendió el camarista. 

Al considerar que Serjal y Luzzini no habían actuado con dolo, sino con desempeño funcional, Orso rechazó la acusación y dispuso el sobreseimiento de Patricio Serjal y Gustavo Luzzini. 

En cuanto a Gustavo Luzzini, el camarista determinó que su actuación, al prestar consentimiento para el cierre del caso, resultó compatible con el objetivo principal del Poder Ejecutivo Provincial y la Fiscalía de Estado: lograr la mayor remediación posible del predio contaminado. El juez concluyó que Luzzini actuó ajustado a derecho y dentro de los criterios de su organismo, sin que su mera intervención funcional pudiera ser considerada ilegal o configurativa de delito. 

2025-531 (CUIJ nro 21-08461418-9) Dr Orso_251106_122353 by Conclusión TV

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