Rige el nuevo Reglamento de Permisos Turísticos en Parques Nacionales: puntos principales
La medida tiene el objetivo de modernizar trámites y reemplaza por completo el régimen vigente desde el año 2002. La administración central dispuso, también, una prorroga a contratos que están próximos a vencer.
- Info general
- Nov 19, 2025
La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó una nueva normativa este miércoles, que reemplaza por completo el régimen vigente desde el año 2002 denominado “Reglamento de Permisos Turísticos” avalado por la Resolución 62/2025.
La normativa completa está disponible en el Boletín Oficial y sus anexos forman parte integrante de la Resolución 359/2025. La APN dispuso una cláusula transitoria a la actualización del reglamento de prestadores turísticos, extendiendo los permisos próximos a vencer en todas las áreas protegidas, incluyendo los parques Nahuel Huapi y Lanín, hasta el 31 de mayo de 2026 para no afectar la temporada de verano.
Según información desde la cartera turística, esta iniciativa centraliza en un solo marco para prestadores de servicios turísticos, con el fin de “actualizar procesos, reducir burocracia y acompañar el crecimiento del turismo” en las áreas protegidas, sin perder de vista la conservación del patrimonio natural y cultural.
La resolución incorpora tres anexos que redefinen la clasificación de actividades turísticas, regulan la infraestructura permitida y establecen un procedimiento unificado para la habilitación, renovación y control de prestadores. Además el nuevo reglamento establece que cualquier persona o empresa que desee brindar servicios turísticos en áreas protegidas deberá registrarse como Prestador Turístico y luego solicitar un Permiso Turístico, ambos trámites obligatorios a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Los permisos serán otorgados bajo dos modalidades:
*Habilitación Simplificada, para actividades de bajo impacto.
*Habilitación Estándar, para servicios de mayor complejidad técnica, ambiental o logística.
La norma aclara que el permiso es “a título precario” y podrá ser revocado por razones de interés público, oportunidad o conveniencia. También, fija plazos máximos de vigencia: hasta 7 años en predio fiscal, 10 años en propiedades privadas o comunitarias, y 5 años para permisos experimentales o por razones de servicio.
Clasificación de actividades
El Anexo de Actividades Turísticas divide los servicios en dos grandes grupos:
*Habilitación Simplificada
Incluye actividades con un máximo de 15 visitantes, sin motores en cuerpos de agua, sin pernocte (salvo casos complementarios) y solo en espacios previamente habilitados. Allí se encuentran el alquiler de kayaks, SUP, bicicletas, snorkel, cabalgatas, caminatas cortas, excursiones pequeñas y venta ambulante, entre otros.
*Habilitación Estándar
Todas las actividades que no cumplan las condiciones anteriores, incluyendo trekking de alta montaña, rafting, buceo, excursiones motorizadas o proyectos con infraestructura asociada.
El Anexo l determina una lista de actividades que requieren guías obligatoriamente por razones de seguridad, como pesca, kayak de travesía, buceo, rafting, cabalgatas, trekking medio y alto, hielo y nieve.
Uno de los puntos especiales afirma una prohibición que impactará en numerosos prestadores: “Quedará prohibido que el guía se desempeñe en simultáneo como conductor del vehículo en movimiento”
Cláusula transitoria y prórroga
La cláusula Transitoria introduce un alivio administrativo para cientos de prestadores: Los permisos que vencen entre la entrada en vigencia del nuevo reglamento y el 31 de mayo de 2026 mantendrán su vigencia automáticamente hasta esa fecha.
La prórroga aplica únicamente a permisos regulados por el sistema anterior (Resolución 68/2002 y sus modificatorias), que quedarán vigentes por excepción hasta 2026. Luego, todos deberán adecuarse al nuevo marco.
Por su parte, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, señaló que “se acabaron las licitaciones eternas y las concesiones exclusivas en nuestros parques nacionales”.
Además, el funcionario insto a presentarse a los prestadores a las licitaciones. “Anímense a presentarse como competencia frente a las actividades que hoy operan como monopolios. El trámite es simple y permite empezar en pequeña escala e ir creciendo con el tiempo”.


