La Justicia declaró inconstitucional el freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó su inmediato cumplimiento
La decisión judicial quedó plasmada en el fallo del juez federal Martín Cormick. El Poder Ejecutivo había argumentado que la norma no especificaba de dónde sacar los recursos para financiarla, pero el magistrado resaltó que el planteo es "irrazonable" porque "existe un artículo que da pautas sobre la cuestión".
- Nacional
- Oct 6, 2026
La Justicia Federal declaró este martes la inconstitucionalidad del decreto que había frenado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó que el Gobierno de Javier Milei cumpla inmediatamente con la normativa.
«Hay sentencia favorable respecto de la cuestión de fondo. Es un paso más, realmente muy importante, para lograr la implementación plena de la Ley de Financiamiento», destacó presidente del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), Franco Bartolacci, a través de sus redes sociales.
Tal quedó plasmado en el fallo que se conoció este martes, el juez federal Martín Cormick declaró la inconstitucionalidad del decreto 759/25, con el que el Poder Ejecutivo sostenía el argumento relativo a que no podía aplicar la ley porque no especificaba forma de financiamiento.
«Suspender la aplicación de una Ley entendiendo que se ha omitido precisar con exactitud las fuentes de financiamiento cuando existe un artículo que da pautas sobre la cuestión, deviene irrazonable», indicó el magistrado, en una sentencia de 50 páginas.
El juez recuerda que el Poder Ejecutivo ejerció su potestad de vetar una ley y luego el Congreso insistió aprobándola con los dos tercios de ambas cámaras. «No parece existir, con posterioridad a esta insistencia, otro camino que no sea la promulgación, sin restricciones, de la Ley insistida. Así se desprende de la lectura más elemental del artículo 83 de la Constitución Nacional», resaltó.
Y advirtió: «La suspensión de hecho introducida en la letra del decreto 759/2025 en análisis aparece como un elemento viciado». Es que el articulado de la Ley de Financiamiento Universitario, por más que Milei y su equipo hayan dicho lo contrario, sí contempla de dónde saldrían los recursos para cubrir la aplicación de la normativa.
«De esta forma, en los términos en que fue dictado el decreto 759/2026, éste ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional, siendo que de este modo indirecto se incluyó la mención de suspensión de la voluntad legislativa, configurándose, en sus efectos concretos, en una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional», enfatizó el magistrado.
Y completó: «En este contexto, debe recordarse que la Oficina del Presupuesto del Congreso entendió que el costo total de la ley para el año 2025 implicaba un 0,23% del PBI nominal proyectado. En definitiva, y por todo lo expuesto, el decreto 759/25 no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas».
La palabra del titular del CIN




