¿Es constitucional o inconstitucional? Es común en las relaciones de consumo que existan ciertas tensiones al momento de hacer valer los derechos de una de las partes que intervienen en la misma. La Constitución Nacional, en su reforma de 1994 incluyó los derechos de las personas consumidoras para equiparar la relación de fuerza desigual que existía entre la parte más fuerte, es decir las empresas, proveedores o prestadores de servicios, y la más débil, que es el consumidor.

Una situación común que se vive a diario en cualquier comercio, tiene que ver con la violación al derecho a la intimidad que está protegido en la Constitución Nacional. Es común, sobre todo en los supermercados o grandes comercios que soliciten al cliente mostrar el interior de su cartera, mochila o bolso. ¿Corresponde o no acceder a este pedido?

El abogado y profesor en Derecho Constitucional Juan Gabriel Soriano, explica detalladamente cómo deber proceder el consumidor en ese caso, y cuáles son las obligaciones de la parte más fuerte de esa relación de consumo.

Además, se explayó sobre otro tema, que si bien no tiene que ver con una relación de consumo, es muy común que ocurra cuando transitamos por alguna ruta o tambiñen en la ciudad. Las fuerzas de seguridad ¿pueden obligarte a abrir el baúl en un control?.

Todas las respuestas en el video.

 

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