La Administración Nacional de la Seguridad Social informó los nuevos montos que cobrarán los beneficiarios a partir de diciembre.
Anses recuerda a los titulares de la Asignación Universal por Hijo que hasta el 31 de diciembre hay tiempo para presentar la Libreta completa en las oficinas del organismo sin turno.
Anses informó que todos los titulares del Potenciar Trabajo deben validar su identidad para poder seguir accediendo al plan.
Los jubilados no sólo recibirán el mismo día que cobren sus haberes el bono, sino que también se les pagará el aguinaldo de diciembre de 2022.
Los condiciones para acceder al refuerzo son tener entre 18 y 65 años, encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial, no percibir ingresos formales ni estar en relación de dependencia, y no ser tampoco titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas o prestaciones de seguridad social.
La ANSES dispuso que las asignaciones universales por Hijo y por Embarazo sean compatibles con programas sociales municipales y provinciales.
Desde las 12 se apostaron frente a la dependencia donde plantearon la extensión del alcance del beneficio otorgado por el gobierno nacional. Además, denunciaron que no llega mercadería a los comedores.
La asociación civil rosarina Acceso a los Derechos habló de los requisitos que tiene este programa de ayuda económica que da el Gobierno Nacional para personas que se encuentran en condiciones de extrema vulnerabilidad, no cuentan con ningún tipo de ingreso y no perciben ninguna asistencia del Estado.
A tan sólo 24 horas de que se abriera la inscripción en Anses para la ayuda para adultos sin ingresos, ya se registraron 5140.000 inscriptos. El primer pago el próximo 14 de noviembre.
Se trata del Refuerzo Alimentario que anunció el gobierno nacional la semana pasada, a cobrarse en dos tramos. Hoy comenzó la inscripción, y aunque puede ser virtual, muchos de los solicitantes no tienen acceso a Internet.
El bono se pagará en dos cuotas de $22.500 en noviembre y diciembre.
El refuerzo mensual se abonará a los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, así como los temporarios y aquellos que realicen tareas en forma discontinua, y las personas titulares de la prestación por desempleo, siempre que el ingreso del grupo familiar no supere los $ 131.208 mensuales