Los falsos autónomos han sido durante años una de las tácticas empresariales más utilizadas para tener mano de obra a bajo costo. Aún así, esta estrategia tiene quien la combata. De un tiempo a esta parte, las autoridades políticas españolas han puesto el foco sobre esta forma ilegal de trabajo autónomo, que en realidad esconde una relación laboral y han avanzado en los intentos de regulación.

En esta oportunidad el Gobierno de España se ha mostrado decidido a regular este tema y está tramitando una norma que busca acabar con los falsos autónomos y proteger los derechos de los trabajadores. Se la conoce ya como Ley Rider, puesto que los grandes impulsores de la regulación de las nuevas modalidades de trabajo han sido los riders, o repartidores de plataformas como Deliveroo -una compañía británica de entrega rápida de comida- o Glovo.

Para comprender a fondo las circunstancias que hacen necesaria la regulación se debe profundizar en la figura del falso autónomo.

¿Qué son?

En España, se denomina así a aquellas personas que están dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y cotizando como autónomas pero que en realidad no cumplen con los requisitos propios del trabajo por cuenta propia y sí con los del trabajo en relación de dependencia.

En la mayoría de los casos puede identificarse que los falsos autónomos no tienen libertad a la hora de elegir su horario de trabajo, trabajan para un único empresario, utilizan los medios materiales de dicho empresario y no tienen ningún tipo de autonomía a la hora de ejecutar sus tareas.

Todas estas características están claramente encuadradas con lo que se entiende como trabajo asalariado y son todo lo contrario a lo que es el trabajo de un autónomo.

A través de esta figura del falso autónomo, los empresarios consiguen los empleados que necesitan sin tener que pagar nada en concepto de aportes a la Seguridad Social, ya que es el trabajador quien está obligado a pagar sus contribuciones de forma íntegra, puesto que a efectos legales consta como un profesional cuentapropista.

Los trabajadores: los más perjudicados ante este modelo

Los falsos autónomos han existido siempre, pero en los últimos años se ha producido un gran incremento del número personas que se ven obligadas a trabajar en esta situación. Las principales “culpables” han sido las plataformas de reparto como Deliveroo, Glovo y similares.

Quién quiere trabajar como «rider» lo único que tiene que hacer es darse de alta en la aplicación. El empleado debe pagarse su cuota de autónomos y poner el medio de transporte. La empresa no se hace cargo de ningún gasto, solo paga a final de mes la factura por los portes que haya realizado el repartidor.

En este punto la empresa tiene mucho que ganar, ya que todos son beneficios y el falso autónomo mucho que perder, puesto que tiene que asumir todos los gastos asociados a su trabajo y además pagar su cuota de autónomo. Quedando, además, sometido al poder de dirección del empresario, que es el que determina cómo debe hacerse el trabajo.

Ante este panorama no es extraño que en los últimos años los trabajadores afectados hayan recurrido a los tribunales para que estos determinen que se trata de falsos autónomos y que en realidad deberían constar como asalariados.

La iniciativa del Gobierno español

El Ministerio de Trabajo de España finalmente decidió abordar esta problemática y tiene ya en marcha la tramitación de la ley de regulación del trabajo en las plataformas digitales, que supondrá eliminar para siempre a los miles de falsos autónomos que trabajan en el sector y que pasarán a tener un contrato de trabajo.

El plazo para la presentación de propuestas finalizó el pasado 22 de junio, y el objetivo es que todas las empresas que trabajan en el sector digital y usan falsos autónomos estén sometidas a las mismas reglas que los modelos de negocio clásicos. Se busca así dar la cobertura y protección que necesitan quienes trabajan en este sector.

Aunque todavía no se sabe demasiado sobre cómo será el texto legal, lo que ya está claro es que se aprobarán medidas como un salario mínimo, los turnos máximos de trabajo y los períodos mínimos de descanso, así como los derechos que irán asociados a la extinción del contrato de trabajo y, por supuesto, la protección del derecho a la sindicación y a una adecuada prevención de riesgos laborales.

Un debate complejo

Las nuevas formas de trabajo nos hacen ver que las viejas estructuras legales no son ya suficientes para dar cobertura a la nueva realidad. Por eso es necesario que la legislación en diversos puntos del planeta se actualice y se adapte.

El tema sobre si los riders son o no falsos autónomos es mucho más complejo de lo que se cree. Se han presentado muchas demandas en torno a esta cuestión y en algunas sentencias los tribunales han determinado que son falsos autónomos y en otras que no.

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Esta indeterminación por parte de la Justicia se debe en gran parte a que la legislación no es clara en cuanto a estos temas. Claro está, esto no es extraño si se contempla que la profesión de «rider» no existía hace una década.

Por eso ha sido necesario que el Gobierno español -algo que debería replicarse en otros países- entre de lleno en este tema y elabore una ley que cree un marco jurídico adecuado para las empresas y los trabajadores que operan en el entorno de las plataformas digitales.

La idea que subyace es que el uso de medios tecnológicos o digitales no debería desvirtuar la naturaleza de la actividad realizada. Lo que se busca es crear una regulación que sea suficiente para dar respuesta al fenómeno de los riders y todas las incógnitas legales que ahora mismo presenta.

El debate más crudo está por venir. Por el momento habrá que esperar todavía algunos meses para ver cuál es el resultado final y cómo queda la ley, pero los sindicatos y las plataformas de profesionales afectados ya están movilizándose para intentar que la tramitación parlamentaria se acelere lo máximo posible.