La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública aplicó una multa de 80.000 pesos a la empresa de entregas a domicilio Rappi por “una infracción grave”, al haber negado a un ex repartidor el derecho de supresión de datos previsto en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

La investigación se realizó a partir de la denuncia de una persona que había realizado entregas para la empresa, según informó este martes esa dirección en un comunicado.

Luego, decidió darse de baja de la aplicación y no realizó más envíos, pero seguía recibiendo correos electrónicos y mensajes en su celular.

En reiteradas oportunidades el denunciante “solicitó a la empresa la supresión de sus datos personales de todas las bases de datos, obteniendo respuestas insatisfactorias por parte de Rappi Arg S.A.S”, se explicó en el comunicado.

“Desde febrero de 2020 vengo pidiéndoles que supriman mis datos de sus bases de datos, pero me siguen llegando SMS molestos con publicidad e incitándome a repartir”, dijo el denunciante.

En abril de 2020 la empresa le informó que debía seguir esperando que se actualice la base de datos.

Luego de analizar el caso, con la firma del director nacional Eduardo Cimato, esa dependencia pública aplicó el 31 de marzo la sanción de 80.000 pesos por infracción grave.

Esa dirección nacional recordó que la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales reconoce y garantiza los derechos de los titulares de datos personales.

En caso de incumplimientos por parte de empresas u organismos, se puede realizar una denuncia.

Para más información se puede acceder al sitio web de la Agencia de Acceso a la Información Pública.