Por Florencia Vizzi

Todo comenzó como una consulta individual a la Clínica Jurídica de Defensa del Consumidor que funciona en la facultad de Derecho de Rosario, pero ahora va camino a convertirse en una acción colectiva contra el Banco Piano. Ya son varios los jubilados y pensionados que cobran sus haberes en esa entidad y que, al momento de cobrar, se encuentran con que se les ha descontado gran parte de su dinero, para afectarlos a pagos de créditos que exceden en mucho el límite legal permitido.

Para ser más claros, a instancias de la fiscal extrapenal María Laura Martínez, el juez civil Marcelo Quaglia firmó una resolución que habilita la constitución de una demanda colectiva a todos aquellos jubilados y pensionados que manifiesten haber sido perjudicados por el Banco Piano, a través del otogamiento de créditos, casi compulsivos, que están más allá de las posibilidades de devolución.

«Es como una bola de nieve», explicó a Conclusión una de las titulares de la Clínica Jurídica, MarcelaGarcía Sola. «Estamos hablando de gente que cobra la jubilación mínima, cuyo monto no supera en ningún caso los 20.000 pesos y que, al no alcanzarle lo que cobran mensualmente para vivir, motivados por eso y por las publicidades que se hacen dentro de los bancos, sacan créditos para consumo. Entonces los créditos se otorgan depositándoselos en las cuentas en las que cobran, y luego comienzan los descuentos sobre esas jubilaciones y pensiones, que exceden, en un gran número de casos, el porcentaje legal establecido en la ley para la afectación de este tipo de haberes».

Según detallaron las letradas a Conclusión, las cuotas se acumulan mes a mes, y el banco vuelve a otorgar otro crédito para que se puedan cubrir las cuotas acumuladas, así la deuda vuelve a crecer, y llega un momento en que cuando los perjudicados van a cobrar, se encuentran con un 10 o un 20% de su dinero, con el que ni si quiera pueden comer, literalmente. Y el ciclo vuelve a empezar.

La fiscal María Laura Martínez precisó: «La acción se inicia cuando una mujer hizo una primera consulta a la Clínica, y relata lo que le está ocurriendo. La intervención de la Fiscalía es porque está estipulado en la ley de Defensa del Consumidor, hay un artículo que especifica que tiene que intervenir un fiscal. Entonces cuando advertimos que esta situación podía afectar a un grupo de personas, lo que se llama técnicamente «una clase», que tienen los mismos intereses, fuimos y pedimos que esta acción individual se transforme en colectiva para que personas que estén en las mismas condiciones puedan puedan inscribirse en un registro para iniciar, gratuitamente, porque lo hace la Fiscalía, una acción colectiva». Y remarcó:  ¿Quienes son los que pueden anotarse? Bueno, hay una serie de pautas que establecerá el juez, pero en principio, serían jubilados que cobren la jubilación mínima y cuyos descuentos  en los haberes superen el 40%,que es lo que estipula la ley de Jubilaciones y Pensiones».

En ese sentido, la fiscal pormenorizó que «se advierte un proceder homogéneo, un modus operandi del banco que afecta a un grupo de jubilados», que aún no se sabe cuantos son y para ello se abre el registro.

«Lo que sostenemos es que hay una derecho a la información. La ley de Defensa del Consumidor establece que tenemos derecho a una información adecuada y veraz, y eso tiene jerarquía constitucional y nosotros ponemos en duda que se haya otorgado una información adecuada y veraz» afirmó Martínez.  «Ni siquiera yo entiendo el detalle de los rubros de los descuentos que se aplican, no los entiendo».

En cuanto a por qué la Fiscalía presume que se puede constituir una clase homogénea perjudicada, Martínez explicó que la idea suge del trabajo de campo y el entrecruzamiento de datos. «Al ir cruzando la  información con las defensorías zonales, encontramos que hay varias denuncias de estas características».

Felicidad efímera

Desde la Clínica de Defensa al Consumidor de la Facultad de Derecho explican el factor detonante: sobreendeudamiento. «Una persona jubilada que cobra la mínima no puede pagar sus deudas, sus medicamentos, sus gastos para sobrevivir. Entonces, motivados por eso y por las publicidades que se hacen dentro de los bancos, sacan créditos para consumo. Esos créditos se depositan en las cuentas en las que cobran, los haberes…pero claro la felicidad dura un mes. Porque ese mes tienen el dinero, pero en los meses sucesivos comienzan los descuentos que se acumulan con otros créditos , que a veces sacan en financieras también, o con las cuotas que no pudieron pagar».

Marcela García Sola pone el énfais en que se trata de una población que con una fuerte insuficiencia de haberes que es blanco permanente de una agresiva oferta de créditos bancarios y extrabancarios. «Entonces, con los sucesivos descuentos que sufren mes a mes, terminan cobrando un 10 , un 20 o un 30 % de sus haberes de por sí ya muy magros. Son situaciones muy desesperantes porque se encuentran con que no tienen para comer literalmente. Entonces esa felicidad se transforma en desesperación»

Y eso tiene que ver, específicamente, con que los bancos no respetan los límites legales dentro de los cuales se pueden afectar las jubilaciones y pensiones. «Está claro, señaló la abogada, que esta demanda es contra el banco Piano, pero  no es el único banco que se maneja de esta forma. Todas las entidades en la que tradicionalmente que pagan pensiones y jubilaciones hacen lo mismo. En la clínica hemos recibido varias consultas, hay varias investigaciones en Rosario y en el país. Es una conducta bancaria bastante común, en esta ocasión es contra el banco Piano pero no signifca que no pueda haber otras».

Ilegítimo y abusivo

Ambas letradas fueron cotundentes al señalar la conducta de las entidades bancarias en estos casos. «Podríamos calificarla como ilegítima y abusiva. «Porque los descuentos van más allá de lo permitido por la ley. La norma establece un porcentaje específico para la afectación de estos haberes, cuando el propio jubilado o pensionado lo ha consentido. Si lo excede está por fuera de la ley».

Además, Marcela García Solá pone otra carta sobre la mesa: «Si cualquier persona va a sacar un crédito, el banco verifica su solvencia. Nadie otorga un crédito sin averiguar si uno es capaz de devolverlo. En este caso hay un otorgamiento abusivo de los créditos, porque el banco sabe que el jubilado que cobra 15 o 16.000 pesos no lo va a poder pagar, pero se lo otorgan igual, porque total se lo descuentan directamente y después, el mes que no le alcanza o el mes que el jubilado retiró antes su dinero y el banco no cobró la cuota, ¿que hacen? Le dan otro crédito, y con ese nuevo crédito saldan el anterior y generan una nueva deuda».

Por eso, para la letrada no sólo hay falta de información sino que se trata de una conducta abusiva, sobre todo porque «gran parte de esa población, cuando va a cobrar, no termina de entender por qué no tienen su dinero, porque no comprenden del todo el mecanismo bancario ni como funciona la devolución del crédito».

«Eso es lo que nosostros percibimos en la clínica. Porque es gente mayor y se conjugan varios factores, la pobreza, la falta de instrucción, la propia edad, la discapacidad… hay un cúmulo de factores que los convierte en una población hipervulnerable que termina siendo presa fácil del sistema bancario».

Si bien los abogados remarcan que no pueden hablarse de estafa en  el derecho civil, no lo descartan. «Nosotros no lo sabemos, tal vez si un fiscal penal quisiera meterse ahí e investigarlo, tal vez lo haya», explicó García Solá. «Nosotros no lo sabemos, así como lo tomó la fiscal Martínez para iniciar una acción civil, presumiendo que hay muchos damnificados, puede un fiscal penal preguntar si aquí no hay estafa».