Por Alejandro Maidana

Debido a la contante manipulación de los procesos administrativos para obtener los requisitos que avalen las megas obras de autovía en Punilla y Paravachasca, las distintas asambleas y vecinos de ambos valles han presentado amparos ante la justicia denunciando la infinidad de irregularidades. Los mismos demuestran con fundados argumentos la ilegalidad de estas obras que el gobierno de la provincia, con la complicidad de las autoridades locales y el gobierno nacional, pretenden imponer en contra de la voluntad de quienes habitan estos territorios.

El 7 de febrero se realizó la apertura de sobres del segundo tramo de la autovía 5 en Paravachasca, y en diciembre se habían abierto los sobres de la licitación correspondiente al primer tramo de esta autovía. “Desde las asambleas venimos denunciando todo un proceso de ilegalidad, que parte del mismo 23 de diciembre 2020 cuando se aprobó en la unicameral la expropiación de los inmuebles que eran necesarios para la construcción de las autovías, sumado a las irregularidades de la audiencia pública virtual. Es prudente aclarar que en ambos proyectos hay amparos ambientales vigentes, pero aún la justicia no se ha expedido, esta es la medida judicial de fondo que junto a la asamblea venimos solicitando y reclamando. No se puede avanzar en una licitación, existiendo una medida como un amparo ambiental colectivo”, indicó días atrás y en dialogo con Conclusión Diego Aranda, vecino e integrante de la Asamblea de Paravachasca.

Las distintas asambleas del Valle de Punilla emitieron un comunicado demoledor:

Además de las ilegalidades ya denunciadas sobre esta megaobra, como la violación del artículo 41 de la Constitución Nacional y de  todas las leyes de protección del ambiente, la falta de respuesta a los amparos presentados desde 2017, las falencias del EIA, el desprecio de la Audiencia Pública donde el 90% de la población rechazó el proyecto, la falta de consulta a las comunidades indígenas, los incumplimientos de las Salvaguardas de la CAF para el otorgamiento del crédito, la falta de cumplimientos de las leyes de protección del patrimonio arqueológico y más; hay un aspecto sumamente grave que viene sufriendo la población de Punilla: todos los municipios violaron las leyes de Participación Ciudadana y Acceso a la Información, y otorgaron el permiso denominado “Factibilidad de Localización y Uso conforme de suelo” dando aval  obedeciendo sumisamente al gobernador Schiaretti.

Intendentes y Concejos Deliberantes se movieron sigilosamente escondiéndose de los habitantes de sus pueblos. La manera en que se manejó este tema llega a tenores vergonzosos y violentos:

– En San Roque el presidente Comunal Jorge “Tito” Bustamante firmó la factibilidad el 28 de febrero de 2021, totalmente a espaldas del pueblo (junto a la ex presidenta comunal Rafaela Espinosa quien hoy ocupa el puesto de la secretaria), negando el pedido de una reunión abierta para informar sobre el tema de la autovía a toda la población; incluso al día de hoy no se responde una nota solicitando información que fue presentada en agosto del 2021. Tampoco se tuvo en cuenta una propuesta de un grupo de vecinos que no se oponían a la autovía, sino que presentaban un proyecto para que no afectara al pueblo y la plaza federal que es un punto turístico importante.

Recordemos que esta localidad ya fue afectada y sufre hoy las consecuencias de esta obra mal planificada, que comenzó de forma engañosa en 2017, cuando se ocultó a la población que el tramo de autovía que se hacía desde cercanías de la Autopista Córdoba – Carlos paz hasta San Roque era el inicio de una megaobra hasta la localidad de La Cumbre.

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La obra en la zona de San Roque (actual puente De La Sota y su bajada a la E55) no tuvo las auditorias de control correspondientes durante la ejecución, fueron publicadas recién a fines del 2019 y demostraron la poca seriedad del “Plan de manejo ambiental y Social” pensado supuestamente para evaluar y remediar el impacto que este tipo de obras contiene. Por ejemplo, llamativamente en los archivos falta la información del mes de noviembre del 2018, cuando se vivieron las inundaciones en las casas de los vecinos de la zona. No existió ni existe ningún estudio hidrológico sobre los desagües que hoy apuntan a la casa de vecinos. Todo esto motivó a que la Factibilidad de Uso de Suelo para que la autovía continuara por el este fuera revocada, en un hecho histórico, una sesión extraordinaria en 2018, a sala llena repleta de gente.

– En Bialet Massé, el Concejo Deliberante hizo una sesión extraordinaria secreta, sin público ni prensa, para aprobar la factibilidad. Dicha factibilidad no contiene opinión fundada como lo pide la ley, sino un texto genérico que es igual al de la comuna San Roque. Además, las autoridades no llamaron a audiencia pública como lo pide la Ordenanza 907/07. Finalmente, no se publicó la ordenanza a pesar de los pedidos de vecinos, por lo cual estos no pudieron hacer uso de su derecho a referéndum tal como lo permite la ley 8102. Por esas razones fue denunciado penalmente el intendente Oliva y los concejales. La denuncia se está tramitando en la fiscalía de Cosquín.

– En Santa María de Punilla la Factibilidad fue firmada el 7 de enero de 2021 por el intendente Dardo Zanotti, totalmente a escondidas de la población. La asamblea presentó pedido de informes el 14/1/21 pero nunca hubo respuesta. En esta localidad se desconoce si el Concejo Deliberante ha sesionado para avalar la decisión del Ejecutivo, no hubo información pública al respecto, ya que el órgano legislativo NO DIFUNDE las convocatorias a reuniones del cuerpo, siendo ésta su manera habitual de gobernar a espaldas del pueblo.

– En Cosquín el intendente Gabriel Musso firmó la Factibilidad a escondidas, el 4 de enero de 2021, y después ignoró pedidos de informe y pedidos de que el tema se trate en el Concejo Deliberante. En adelante, el intendente formó parte de la mesa de trabajo de los intendentes y jefes comunales con la empresa Caminos de las Sierras, sin informar oficialmente de nada al Concejo Deliberante, incumpliendo así también la Resolución 23/19 del propio Concejo, norma local que remarca esa facultad del Concejo en relación específica al tema Autovía. En febrero de 2021 vecinos presentaron nuevos pedidos de informe al Ejecutivo Municipal sobre el proyecto de autovía; nunca fueron respondidos. En marzo de 2021 se hizo al Concejo Deliberante un pedido de Audiencia Pública Municipal para tratar el tema autovía, acompañado de numerosas firmas de vecinos, pero los concejales oficialistas impusieron el rechazo y tampoco permitieron que el tema autovía fuera tratado en otras sesiones del Concejo.

– En Valle Hermoso el intendente Jorge Caserio firmó la Factibilidad el 5 de enero de 2021. La asamblea vecinal se reunió con el Concejo deliberante en marzo, hubo promesa de que el tema sería tratado en el Concejo, pero nunca más hubo respuesta. En esta localidad, además de las violaciones de leyes que se detalla más abajo, se violó también la Ordenanza 966/2018, referida a regulación del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental aplicable en el ámbito de Valle Hermoso, donde se remarca la importancia de la participación ciudadana.

– En La Falda el intendente Javier Dieminger firmó la Factibilidad para la autovía totalmente a escondidas y lo entregó a Caminos de las Sierras, en una hoja sin fecha. El permiso figura como recibido el día 7 de enero de 2021. El 28 de enero la asamblea de La Falda presentó pedido de informes sobre si se había firmado factibilidad y si se contaba con EIA de la autovía en el municipio. El municipio nunca respondió. El 9 de febrero de 2021, en una reunión oficial con vecinos de la Asamblea de La falda, Dieminger mintió y negó rotundamente haber firmado! El día 7 de abril la asamblea dio una conferencia de prensa en la puerta del municipio y presentaron nota reclamando explicaciones. El intendente nunca respondió ninguna de las notas presentadas por los vecinos.

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– En la Cumbre el intendente Pablo Alicio firmó la Factibilidad a escondidas de la población, nunca lo informó. El permiso firmado no tiene fecha. Ingresó a Caminos de las Sierras el 6 de enero. El tema nunca fue debatido por el Concejo Deliberante.

En los casos de Casa Grande, Huerta Grande y Villa Giardino, las autoridades municipales eligieron una tramposa estrategia, evitaron tratar el tema con la “excusa” de que la obra no pasa por dentro de los radios municipales, cuando es sabido y obvio que los efectos de la megaobra sobre las cuencas y urbanizaciones futuras no se fijarán en límites dibujados en mapas. La obra afecta las cuencas donde se genera agua pura, y esa realidad es suficiente para ameritar que el concejo deliberante de cada población analice los posibles impactos y se debata la cuestión de forma abierta dando espacio a la población.

– En Huerta Grande vecinos plantearon que el Concejo debía tratar el tema, luego de muchas idas y vueltas finalmente el Concejo se negó, aludiendo que la traza no toca el actual radio de servicios. El intendente Montoto nunca respondió los pedidos de informe de los vecin0s.

– En Villa Giardino el Concejo evitó tratar el tema, a pesar de ser informados por vecinos sobre la obra en agosto de 2021, sobre la cual dijeron no estar enterados. En 2021 el intendente Ferreyra dijo a los vecinos que no tenía ninguna información sobre la obra, pero al mismo tiempo se manifestaba favor de la Autovía en otras charlas. Agravando este accionar, apurados por concretar su plan de no hablar de la autovía y hacer como si no existiera, el 9 de septiembre de 2021 el Concejo Municipal aprobó en sesión ultra rápida y secreta un nuevo radio de Villa Giardino, sin discutir argumentos sobre los nuevos límites. No se habló del futuro desarrollo del pueblo, ni de loteos, ni de la Autovía, ni se miró detenidamente el nuevo mapa, tal el apuro para burlar la participación ciudadana.

– En Casa Grande la jefa comunal Mabel Edreira dijo en una reunión con vecinos que no tenía ninguna información sobre la autovía. Luego se supo que ella había asistido a una reunión “secreta” donde funcionarios del gobierno le comunicaron los detalles del proyecto relativos a Casa Grande. La traza planeada impacta directamente en la cuenca que abastece de agua a la Comuna. Y en particular atravesaría una región plena de monte nativo, reserva natural cuidada por la población del lugar, que la jefa comunal se niega a proteger.

Es decir que en todas las localidades del valle se violaron los mecanismos de acceso a la información y participación ciudadana, especialmente importantes en caso de obras tan grandes y de tanto impacto.

– Violaron la ley más básica de la participación ciudadana como lo es la Ley nacional 27275 de acceso a la información pública, al no responder en tiempo y forma los pedidos de informe.

La Ley 27275, en su artículo 1º, plantea que “La presente ley tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.”

– Incurrieron en violación de la Ley Nacional 25831, de Régimen de libre acceso a la información pública ambiental. Art 4: “Las autoridades competentes de los organismos públicos, y los titulares de las empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas, están obligados a facilitar la información ambiental requerida”.

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– Incurrieron en violación de la Ley provincial 8803, de Acceso al conocimiento de los actos del estado:  “ARTÍCULO 1.- Toda persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la administración pública provincial, municipal y comunal, centralizada y descentralizada, de entes autárquicos, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado provincial, las municipalidades o las comunas tengan participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias, del Poder Legislativo y del Judicial, en cuanto a su actividad administrativa, y del Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, Consejo Económico y Social y Ministerio Público Fiscal.”

– Incurrieron en violación de la Ley provincial 10208, uno de cuyos objetivos es “Promover la participación ciudadana en forma individual y a través de organizaciones no gubernamentales, académicas y científicas, actores y diversos sectores que afecten el ambiente, para la convivencia de las actividades humanas con el entorno, brindando información ambiental, fortaleciendo las vías de acceso a la información y exigiendo su obligatoriedad en los procesos administrativos de gestión ambiental”, con pautas detalladas en el capítulos XI, sobre Información Ambiental Provincial, y el capítulo XII, sobre Participación Ciudadana para la Convivencia en Materia Ambiental. El Artículo 56 indica: “El acceso a la información pública ambiental es un derecho reconocido en la Ley Nacional Nº 25.831 -Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental- y en la Ley Nacional Nº 25.675 -General del Ambiente- que la Provincia profundizará en su instrumentación y funcionamiento”.

– La violación de todas estas leyes implica también la violación del Acuerdo de Escazú, acuerdo ratificado por Argentina, que prioriza el respeto al acceso a la información y la participación ciudadana especialmente en lo relativo a temas ambientales.

– Se violó el Principio 10 de la Declaración de Río (1992): Acceso a información, participación pública y justicia ambiental. El Principio 10 establece: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.»

El Principio 10 establece tres derechos fundamentales: el acceso a la información, el acceso a la participación pública y el acceso a la justicia, como pilares clave de una gobernanza ambiental sólida

– En varios casos los intendentes firmaron las Factibilidades incurrieron en violación del artículo 49°, inciso 1) de la Ley Orgánica Municipal N ° 8.102, que plantea que es atribución de los Concejos Deliberantes la definición de factibilidades de uso de Suelo.

– También en la mayoría de los casos se violó el artículo 10 del decreto 2131 relativo a la Ley Provincial Nº 7343, que indica que “SOLO serán admitidos para su consideración, aquellas propuestas documentadas que contenga lo siguiente: (…) c) Factibilidad de localización con opinión fundada del organismo jurisdiccional competente”. Opinión fundada, algo que no se ve en los textos aprobatorios firmados por los intendentes y Concejos.

Además, los intendentes y concejales incurrieron en actitudes totalmente inadecuadas para su función, como lo fueron las sesiones a escondidas y las mentiras a los medios de comunicación y asambleas, cuando negaron haber firmado permisos que efectivamente habían firmado.

Es muy importante también el hecho de que los intendentes estaban siendo informados sobre la obra de forma directa por Jorge Alves y otros funcionarios del gobierno provincial a través de una Mesa de Trabajo oficial, presidida por los ministros Facundo Torres (Gobierno) y por Ricardo Sosa (Obras Públicas), pero los intendentes ocultaron esa información a sus poblaciones. Hay intendentes que aún hoy dicen no tener información sobre la obra, a pesar de estar informados en detalle e inclusive están “negociando” obras accesorias en cada municipio, como accesos y rotondas.

– En todos los casos, en toda Punilla, los concejales obedecieron ciegamente lo indicado por los intendentes. En las reuniones de Concejos, cuando las hubo, no giraron en torno a las cuestiones realmente importantes para definir si la factibilidad se otorga o no. No se habló de la afectación a las cuencas, ni que la traza atraviesa zonas incendiadas, ni se trabajó con proyecciones demográficas o de urbanizaciones, ni se consultó a profesionales o personas idóneas, ni se dialogó con las personas de las zonas afectadas. Esto deriva en la violación del Decreto 2131/00 reglamentario de la ley provincial 7343, art. 10, en lo que respecta a “Falta de opinión fundada”. Falta de argumentos (caso Santa María, Cosquín, Valle Hermoso, La Falda y La Cumbre) ó “argumentos” copiados y genéricos (caso San Roque y Bialet Massé).

– Las ilegalidades son muy graves en lo que respecta a las comunidades originarias de Punilla, que debieron ser consultadas previamente tal como lo establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Es el más importante instrumento legal internacional que garantiza los derechos indígenas. El convenio establece claramente que debe haber “consulta previa, libre e informada” antes de cualquier obra que afecte territorios indígenas. “La Consulta Previa, Libre e Informada es un procedimiento de carácter colectivo que permite la participación plena y efectiva de los Pueblos Originarios en todo aquello que los afecta, y permite el establecimiento del Diálogo Intercultural.”

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Ésta es una de las salvaguardas de la CAF, de las más importantes, QUE NO SE CUMPLE. Dice “El consentimiento previo libre e informado se deberá obtener cuando sea necesario realizar un reasentamiento de la comunidad y/o cuando se presenten impactos sobre: i) el territorio; ii) los recursos naturales que utiliza; iii) el patrimonio cultural, o iv) los lugares o elementos sagrados, o con un valor especial para la comunidad. Se deberá documentar tanto el proceso como los acuerdos alcanzados en los diálogos con la comunidad sobre estos asuntos.”

Todo esto no es solamente una lista de nuevas ilegalidades de esta megaobra, esto muestra la violencia de estos gobiernos, la falta de democracia, el desprecio a las poblaciones.

Es muy importante destacar que la falta de respeto a las leyes es una forma de violencia, generadora de mayor violencia. Los gobiernos con sus delitos y la Justicia con su silencio están contribuyendo a la generación de un clima de violencia, y serán estos actores los responsables de los hechos que ocurran en este clima, por ejemplo, ante situaciones de desborde emocional de las poblaciones afectadas. Todas estas ilegalidades deben ser observadas y se debe actuar urgentemente. De lo contrario, se está promoviendo la ilegalidad, la corrupción, la impunidad, alimentando un círculo vicioso que genera más violaciones a las leyes, más descreimiento social en las instituciones, más violencia sobre las poblaciones.

Hacemos esta denuncia de forma pública y en la justicia, y en variados organismos públicos, y seguimos convocando a la gente de Punilla a unirnos en la defensa de la vida y de los derechos de las generaciones actuales y futuras.

Asamblea San Roque Despierta

Asamblea Bialet Massé

Asamblea de Santa María de Punilla

Asamblea Ambiental Cosquín

Asamblea Balcón de Punilla (Casa Grande)

Asamblea de Valle Hermoso

Asamblea La Falda Despierta

Asamblea de Huerta Grande

Asamblea Villa Giardino Despierta

Asamblea La Cumbre Despierta

Fotos gentileza Unidos por el Monte