Fallo poco frecuente: un tío paterno deberá afrontar la cuota alimentaria de su hermano incumplidor
Así lo resolvió el juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Scola, en un caso de niños que no tienen abuelos y cuyo padre posee trabajo no registrado, por lo cual no es embargable. Los fundamentos.
- Info general
- Sep 9, 2025
Un juez de Familia de la ciudad de San Lorenzo resolvió que el tío paterno de dos niños se haga cargo de la cuota alimentaria cuyo padre, que tiene empleo no registrado, no cubre como lo obliga la ley. Se trata de un fallo poco frecuente y, según explicó el magistrado, los abuelos de los menores fallecieron.
El juez Marcelo Scola, de los Tribunales de San Lorenzo, fue quien firmó la inédita resolución que involucra a un tío paterno en la obligación de solventar la cuota alimentaria de sus dos sobrinos, ante el incumplimiento del padre de los menores.
La sentencia establece que el hombre deberá abonar el 125% de la canasta de crianza para menores de entre 6 y 12 años, lo que equivale a $671.000 mensuales. Además, se le impuso el pago del 30% del aguinaldo, la asignación familiar, la obra social y los gastos extraordinarios que surjan.
La resolución se funda en que el derecho alimentario de niños y niñas es prioritario y puede extenderse a otros familiares directos -habitualmente suelen ser los abuelos, maternos o paternos- cuando los progenitores no cumplen con su responsabilidad.
El juez Scola explicó que “la cuota alimentaria, por supuesto, le corresponde en primer lugar a los progenitores” de los menores de edad, pero en este caso que le tocó resolver los abuelos de los niños fallecieron y el padre tiene empleo, pero informal, de modo que no puede embargarse su salario.
“Apelé a la solidaridad familiar, y hay un tío que está en condiciones de poder cumplir con la cuota alimentaria”, dijo el magistrado en declaraciones a Cadena 3.
“En general lo que ocurre es que, en el caso del progenitor, la mayoría de los casos son los papás, lo que hacen es eludir la obligación alimentaria”, señaló Scola. Ante esto, el juez busca ejercer presión sobre el incumplidor, utilizando medidas que van más allá de lo judicial.
El magistrado señaló que “siempre la solidaridad familiar tiene que estar por sobre estas consideraciones” y que las medidas judiciales buscan generar presión para que el obligado cumpla. “Generalmente los incumplidores cuando se les toca algo personal que les interesa, cumplen”, afirmó.
Scola sostuvo que su fallo “no es común, porque generalmente la cuota en primer lugar les corresponde a los progenitores, a la mama y al papá. En el caso de que estos obligados principales no puedan hacerse cargo, va a los ascendientes, a los abuelos”.
Pero en el caso particular sobre el que le tocó resolver, “no hay abuelos, porque han fallecido y no hay otros parientes que puedan hacerse cargo ante un progenitor incumplidor de la cuota alimentaria, que es el papá y no hay cómo cobrarla porque no tiene trabajo registrado”.
El juez explicó que uno de los niños sufre una discapacidad y que la madre está avocada a su cuidado. “Ella padece una enfermedad oncológica, le han quitado los remedios del Estado ante la situación nacional que conocemos”, continuó el magistrado, para quien “la realidad es muy dura” para ese grupo familiar sanlorencino.
Scopla dijo que “entonces, apelé a la solidaridad familiar. Hay un tío que está en condiciones de poder cumplir con la cuota y por eso se la extendí en este caso”. Por último, puntualizó que “el obligado principal (que es el padre de los infantes) tiene trabajo en negro, no cumple porque no lo quiere hacer”.

