La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta del aceite de oliva extra virgen «El mendocino» al considerar que se trata de un «alimento falsamente rotulado».

La medida fue conocida a través de la disposición 11474-E/2017, publicada hoy en el Boletín oficial.

«El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis y 155 del CAA por carecer de autorización de producto al consignar en el rótulo un número de registro inexistente, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal», justificó la autoridad regulatoria.

La Anmat afirmó que se trata de un producto que «no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado».

A su vez, el organismo prohibió, mediante la disposición 11473- E/2017, el uso y la distribución del antiséptico Biosan-214.

«Biosan-214 es un antiséptico para uso general de muy alta efectividad, activo sobre bacterias, hongos y algas, con un muy amplio espectro de acción/ Para desinfección general, se recomienda aplicarlo en diluciones de 1 a 10 directamente sobre la superficie a tratar. Mediante un atomizador o simplemente con un paño humedecido en el producto / Complex-Químicos y Servicios /Cont. Neto: 1 litro», indica el rótulo del producto.

La medida se adoptó «a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios del producto involucrado y toda vez que tanto la firma como el producto carecen de autorización, el rótulo resulta inapropiado y confuso por lo que podría tratarse de un medicamento o un producto médico».