La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso la implementación de un nuevo sistema para prevenir el lavado de activos a través de las entidades aseguradoras.

La creación del Sistema Integral de Prevención del Lavado de Activos (Sipla) fue ordenada a través de la Resolución 808/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial.

El sistema tendrá como objetivos el monitoreo de los sistemas de prevención de las entidades aseguradoras, dotando de “Información actualizada y sistematizada” al área de la SSN encargada de la supervisión.

Del mismo modo, entre otros puntos, confeccionará y mantendrá actualizada la información y recabará datos correspondientes a la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (Fatca).

La Resolución también fija un cronograma para la carga de datos en el Sipla, cuyas fechas y frecuencia de presentación varía según el módulo del sistema.

Los datos volcados en las declaraciones juradas de cada uno de los módulos serán verificados luego por inspectores de la Gerencia de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la SSN.

La Ley 25.246 de lavado de activos considera a las entidades aseguradoras y a la SSN como sujetos obligados a la hora de informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) junto con entidades financieras, casas de cambio, el Banco Central, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entre otros.

Los procedimientos se encuentran basados en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

En el caso de las aseguradoras, sus productos y transacciones ofrecen la oportunidad de blanquear capitales o financiar el terrorismo, y las empresas podrían verse involucradas, con o sin conocimiento, en este tipo de actividades ilícitas.

De acuerdo con los considerandos de la resolución, el sistema implementado hoy se basa además, en uno de los principios básicos de supervisión de la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) que contempla que «el supervisor realice monitoreos remotos para evaluar el cumplimiento de los requisitos en materia de prevención del lavado de activos», como también «que se revise la efectividad de los sistemas de prevención de las entidades aseguradoras».