Por Alejandro Maidana

Un cachetazo más por parte de la justicia a una actividad contaminante que no ha cesado en asperjar venenos ni siquiera en tiempos pandémicos. Una demostración cabal que cuando impera la empatía y los derechos no se ven tergiversados, las resoluciones transitan un sendero en donde la humanidad, le tuerce el brazo a los intereses económicos.

No alcanzó con el descarnado lobby al que están acostumbrados los sectores del agro, aquellos que tienen como hobby ningunear la salud de las mayorías, incluso la propia y la de sus hijos. Otra manera de producir no solo es posible, es una imperiosa necesidad, y eso es algo que los resilientes pueblos fumigados vienen empujando hace décadas.

En junio de este año, en Zenón Pereyra una pequeña localidad del departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, un amparo ambiental por cesación de contaminación, contra la Comuna del lugar, realizada por una familia (padre e hija), que vive dentro del ejido urbano, pudo lograr que las aspersiones se vieran alejadas a 1.000 metros de su hogar. Un suceso imprescindible que no tardaría en replicarse de una manera muchísimo más amplia, para benefeciar a toda la población de Sastre y Ortíz.

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Un hecho judicial que sacudió la modorra, una causa que empuja a repensar profundamente los distintos reclamos que vienen siendo desechados de manera sistemática. El hombre es la causa de todo derecho, eje y razón de toda la economía, y por lo tanto merece una protección especial teniendo en cuenta su dignidad, esto ha sido lo que la justicia utilizó como referencia máxima para expedirse.

Ahora es el turno de Sastre, esperando que se sigan sucediendo las buenas noticias

En un fallo considerado histórico el juez en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela, Duilio Hail, resolvió en primera instancia alejar la aspersión terrestre de todo tipo de agroquímicos a 1000 metros de la planta urbana de la ciudad de Sastre y Ortiz, en el departamento San Martín.

La disposición fue aplicada en el marco de un recurso de amparo presentado el 29 de noviembre de 2018 en los Tribunales de San Jorge, tras un reclamo de la familia de Zoe Giraudo, una niña de dos años que está en tratamiento oncológico y a partir de esa fecha vive en una casa expuesta a las fumigaciones.

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La actuación fue comunicada hoy a las partes del juicio ambiental colectivo contra la Municipalidad, que incluye a otros 40 vecinos como demandantes y se transformó en la primera acción judicial en la provincia que impone esa distancia para las aplicaciones terrestres para proteger a toda una población.

La medida prohíbe la aplicación de todo tipo de agroquímicos y a la Municipalidad que se imponga del conocimiento científico, judicial y legislativo y proceda en consecuencia. El objeto del reclamo judicial, promueve una acción de amparo ambiental colectiva para resguardar la salud de los habitantes de la ciudad en virtud de la cercanía de la actividad agraria y la consecuente aspersión de agroquímicos.

El fallo satisface el reclamo inicial de la familia Giraudo, de la agrupación de vecinos autoconvocados Unión Ciudadana por la Vida y El Ambiente y otros habitantes que se presentaron como demandantes. En el pedido se solicitó que la Justicia disponga una exclusión de mil metros para las fumigaciones terrestres y de 1.500 para las aéreas, pero estas últimas en 2019 fueron contempladas en una ordenanza sancionada por el Concejo que las alejó a tres mil metros.

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En el fallo, el juez Hail rebatió las acciones judiciales presentadas por la Municipalidad, los productores y el gobierno provincial que, en todo momento, argumentaron a favor de continuar con las aplicaciones en cercanías del ejido urbano pese a los reclamos de los vecinos.

Desde la agrupación Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente agradecieron a todos los profesionales y personas que apoyaron su reclamo y sostuvieron que esta medida marcará la diferencia en cuanto a la calidad en la salud de toda la población y de las generaciones futuras.

Quién también sumo su voz fue Ruth Oitana, vecina del lugar e integrante de la agrupación, que en dialogo con Conclusión sostuvo: “Es un fallo histórico, que sienta un precedente muy importante, ya que a diferencia del resto de los fallos de amparos ambientales que se dieron en la provincia de Santa Fe, que fueron en un barrio puntual o a una casa particular, este abarca a toda la localidad de Sastre. Es decir que alrededor del ejido urbano, tenemos 1.000 metros libres de agrotóxicos para proteger la salud de los satrenses, a las futuras generaciones y para impulsar una producción agroecológica con anclaje en la soberanía alimentaria.”.

La alegría para aquellos que luchan, resisten y no claudican, es doblemente más impactante, por ello a Ruth le cuesta hablar sin quebrarse de emoción. “Sabemos que pueden apelar tanto los productores como la municipalidad, pero tenemos confianza que la sentencia se va a mantener, ya que la Cámara de Apelaciones sostuvo en su momento la cautelar que alejaba a 800 metros las aspersiones. Deseamos que se replique en todos los pueblos fumigados de Santa Fe, Entre Ríos, Buenos Aires y Córdoba, que tomen como suyo este triunfo y lo lleven a cada uno de sus lugares. Seguiremos insistiendo para que las autoridades legislen en favor de la salud de la gente, y no en favor del agronegocio y de los intereses de las multinacionales”, concluyó.

Otro paradigma es posible, pero para eso hay que empujarlo, hay que militarlo, y eso es lo que vienen haciendo las distintas organizaciones campesinas que resignifican la tierra junto a los pueblos fumigados. La soberanía alimentaria se construye desde el pie, siendo esta la única herramienta que puede otorgarle al pueblo, la posibilidad de contar con alimentos de calidad y saludables para dejar de ser de una buena vez por todas, rehenes de los commodities.