Foto: Alan Monzón para Rosario3

«Quieren tapar con un dedo a Salta 2141 y no lo van a lograr». En medio del intenso frío que se debate sobre la ciudad de Rosario, los familiares de las víctimas de la trágica explosión se reunieron este sábado, poco antes del anochecer, para un acto de memoria y de repudio al fallo judicial de la causa por estrago culposo que dejó en libertad a 10 de los imputados, incluídos los empleados de Litoral Gas y sólo condenó al gasista Carlos García a cuatro años de prisión efectiva. 

Luego de lo que eligieron llamar «marcha de silencio», de la que participaron un centenar de personas, los familiares de las víctimas hablaron con los medios y se mostraron enojados y dolidos con el desenlace del juicio y relataron a los medios que creían y esperaban «un final diferente». «Creíamos que el fallo nos iba traer paz, a pesar de que teníamos miedo de que hilo se corte por lo más delgado, teníamos la esperanza de que iba a ser diferente», dijo Marcela Nissoria, viuda de Hugo Montefusco, una de las 22 víctimas fatales de aquel negro 6 de agosto de 2013.

El acto comenzó pasadas las 19 ante la presencia de unas cien personas que acompañaron a los familiares que cambiaron las flores que coronan las 22 cruces de madera sobre el paredón que se levantó donde estaba el edificio estallado. Luego, acompañados por el diputado provincial Carlos Del Frade, algunos de los presentes tomaron la palabra y criticaron la decisión de los jueces.

“Creíamos que este juicio nos iba a dar paz, pero fue todo lo contrario”, declaró. “El tribunal no fue neutral, demasiado tranquilos estaban los de Litoral Gas, una empresa multinacional que no cuenta con cuadrillas de emergencia para cortar el gas, estaba todo arreglado”, remarcó Marcela Nissoria-

A su turno, Del Frade tomó la palabra y señaló: y dijo: “Hay que felicitar a las y los familiares porque si se llegó a esto –que la sociedad vea la corrupción y cobardía de la Justicia, es por su valentía. Han hecho un trabajo extraordinario. El enorme dolor y amor por sus víctimas se ha multiplicado en un síntoma de esperanza porque estamos frente a un sistema judicial donde pasan de largo los peces grandes y quedan atrapados los peces chicos”.

El fallo

El juicio, por el que desfilaron alrededor de 130 testigos, tuvo 11 imputados sentados en el banquillo de los acusados bajo los cargos de estrago culposo agravado. De esos 11, sólo el gasista Carlos García, que trabajó el día de la explosión en el edificio fue condenado. El resto resultó absuelto por lo que los jueces Rodolfo Zvala, Marcela Canavesio y Carlos Leiva consideraron «insuficiencia probatoria».

Antes de dar lectura a la sentencia, el Tribunal dio a conocer algunos considerandos en relación a la misma. Señalaron que la explosión ocurrida en Salta 2141 el 6 de agosto de 2013 , se trató de la «mayor catástrofe en la historia de nuestra ciudad y que enlutó a toda la comunidad».

«No estamos ajenos a tal conmoción y entendemos el dolor que han sufrido las víctimas» apuntaron pero aclararon que «como magistrados independientes e imparciales» no pueden desconocer la misión del tribunal. Y remarcaron que puede considerarse tan injusta la absolución de un culpable como la condena de un inocente».

Los magistrados apuntaron que carecen de jurisdicción para pronunciarse sobre comportamientos de personas jurídicas, como Litoral Gas y Enargas, que, además, no fueron llevados a juicios. Y remarcaron que estaban obligados “despojarse de sus propios prejuicios, comentarios de terceros y de afirmaciones de alto impacto mediático que no se corresponden con la producción probatoria”.

En cuanto a la «cadena de responsabilidades» sobre la que la Fiscalía y la querella cosntruyeron su caso, los jueces manifestaron que «se ha prescindido de algunos de sus eslabones» y que «la teoría del caso presenta fisuras argumentales que denotan cierta autocontradicción en sus diseños.

También señalaron ciertos errores de interpretación de los testimonios, especialmente de los peritos expertos en la materia y normativas de procedimiento.

Apuntaron además que a la hora del resolver el Tribunal debe despojarse de sus propios prejuicios, comentarios de terceros y de afirmaciones de alto impacto mediático que no se corresponden con la producción probatoria”.

En todas los casos de absoluciones, los jueces consideraron que hubo «insuficiencia probatoria» para condenarlos como autores penalmente responsables del delito estrago culposo agravado.