Hablemos con claridad: ¿cuáles son las trampas detrás de las ofertas, los sorteos con obligación de compra y los productos gratis?
¿Qué implica un sorteo con obligación de compra? ¿Qué pasa si una muestra gratis me da alergia? ¿Qué puede hacer un consumidor cuando no cumplen con la oferta? "La relación de consumo es un vínculo jurídico entre un consumidor y un proveedor", explican desde la Unión de Usuarios y Consumidores. La importancia de conocer todos lo derechos existentes en la relación de consumo.
- Consumidores
- Sep 29, 2026
La relación de consumo comienza mucho antes de adquirir el producto o hacer efectiva una compra. Por ello, como consumidores debemos tener claro los derechos que poseemos. En la actualidad existen muchas herramientas legales, jurídicas dispuestas para proteger los derechos de los consumidores. ¿Pero, las conocemos?
«La relación de consumo es un vínculo jurídico entre un consumidor y un proveedor. Ese vínculo se da concretamente a través de las prácticas comerciales que tienen los proveedores, es decir, la manera en que los vendedores disponen de estos bienes, de estos servicios y los ofrecen a los consumidores» explicó Valeria Vaccaro en el ciclo Consumidores en acción.
En las relaciones de consumo se debería utilizar lenguaje claro y comprensible. En muchas ocasiones, la utilización de términos técnicos hacen que el consumidor no termine de entender y por lo tanto no se cumple con el deber de dicha información.
Dentro de las relaciones de consumo, la palabra oferta resuena una y otra vez, pero sabemos realmente qué es una oferta. La mayoría de las personas piensan que es un producto rebajado, pero no lo es. «Es una propuesta que hacen los proveedores a los consumidores, la oferta concretamente es la exhibición de ese producto. Es decir, disponerlo a través de una página web, de una aplicación o simplemente ponerlo en la góndola».
Consiste en el primer acto que realiza el vendedor, «ofrece y manifiesta la voluntad a esos consumidores de que quiere vender ese producto» Explicó Vaccaro.
En cambio cuando la mercadería que se expone con cartel de rebaja, ese producto, sí tiene un descuento ya sea por cierre de temporada o cualquier otro motivo.
La oferta «es vinculante para ese proveedor, es decir que es obligatoria y debe cumplirla. Entonces, si la oferta dice que hay un descuento en la segunda unidad, bueno tiene que cumplir con ese descuento en la segunda unidad, no puede decirte luego que es solamente con pago efectivo. Sino está aclarado en la oferta, ese proveedor tiene que cumplir con lo que dice la oferta».
¿Qué puede hacer un consumidor cuando no cumplen con la oferta?
Ante una situación de que el proveedor no haga efectiva la oferta «puede exigir el cumplimiento forzado, es decir, sí o sí quiero que me entreguen lo que estaba en oferta y que me están no efectivizando. Puedo pedir la devolución del precio si realmente después me doy cuenta que cuando llego a mi casa veo que en definitiva salía 10.000 y me cobraron 14.000 pesos».
Otro punto importante es la publicidad. «Que sin dudas tiene mensajes persuasivos, nos intentan seducir y en algún punto generar esa necesidad de de tener que adquirir ese producto».
Pero, actualmente existen regulaciones al respecto. «Contamos con herramientas y estrategias para proteger al consumidor frente a la publicidad previstas en la Ley de Defensa del Consumidor, pero, también existe la lealtad comercial que se ocupa de regular las prácticas desleales».
«El consumidor confía que lo que vio en la publicidad es realmente lo que va a recibir» y ese es el derecho que hay que hacer valer.
¿Qué pasa con las muestras gratis?
Vacccaro explicó que el derecho del consumidor se aplica a lo que es gratuito o es oneroso. «El caballo, aunque sea regalado, le vamos a mirar los dientes. Por ejemplo, si me dan una muestra de perfume y te dan una reacción alérgica podes reclamar. O por ejemplo te regalan unos auriculares, luego de otra compra y no andan se puede reclamar la garantía, los seis meses, la reparación».
Una situación similar ocurre con los sorteos que suelen ir acompañados de la letra chica. «La Ley de Defensa del Consumidor no dice nada respecto a esto. Pero existe la lealtad comercial. Por ley, cada vez que haya un sorteo, una muestra gratis, no puede estar atado a la condición de la adquisición y compra del producto. Es decir, que para cumplir realmente con la ley, ese proveedor debe brindar la alternativa de participación sin obligación de compra, de manera libre y gratuita» concluyó.

