En un juicio abreviado que tuvo lugar este martes por videoconferencia, se condenó a N.M.B. a 10 años y 8 meses de prisión efectiva por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por no tener la debida autorización para portarla.

El hecho por el que se condenó al acusado tuvo lugar el pasado 17 de enero en Puerto General San Martín, en la zona de calle José Pedroni al 200, cuando el sujeto discutió con Elías Trisca y, al extraer un arma de fuego calibre 22, le efectuó dos disparos.

Cometido el delito, el acusado se retiró llevando consigo el arma de fuego marca Bersa modelo 62. Horas después, fue detenido por personal policial en la zona de Bolivia al 200 de dicha localidad.

La víctima sufrió lesiones en la zona del tórax y la pierna izquierda, por lo que debió ser trasladada al Hospital Eva Perón de Granadero Baigorria, donde falleció horas después.

Al imputado también se lo acusó por circular sin la autorización legal para portar un arma de fuego, la cual contenía un cargador en su interior con cuatro cartuchos intactos y otro en la recámara.

Por lo expuesto, la fiscalía y la defensa de N.M.B. acordaron una condena de 10 años y 8 meses de prisión efectiva –la cual fue homologada por la jueza Griselda Strólogo- por los delitos de homicidio agravado por uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, ambas conductas en carácter de autor y consumado.