Un hombre de 48 años identificado como Delfor Ibarra fue condenado a nueve años de prisión por vulnerar la integridad sexual de su sobrina. Los abusos fueron cometidos en la ciudad de Santa Fe mientras la víctima era menor de edad.

La sentencia fue dispuesta por unanimidad por un tribunal integrado por los jueces Jorge Patrizi, Pablo Ruiz Staiger y Nicolás Falkenberg, en el marco de un juicio oral que finalizó este viernes a la mañana en los Tribunales de la capital provincial. La fiscal que estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en el debate es Celeste Minniti.

Tras la lectura del veredicto, la fiscal sostuvo que aguardarán “los fundamentos del fallo para analizar cuál fue el criterio del tribunal para resolver cómo lo hizo”, y planteó que evaluarán “la posibilidad de la apelar la sentencia en relación al monto de la pena impuesta”.

Los hechos

La fiscal dijo que “el condenado abusó de su sobrina entre 2011 y 2020”, y aclaró que “si bien las fechas exactas no pudieron ser determinadas, quedó probado que ocurrieron en reiteradas oportunidades”.

“La víctima -que ya es mayor de edad- comenzó a ser agredida sexualmente en la época en la que transitó la escuela primaria”, indicó Minniti. “Residía en la misma casa que su tío y él llevó a cabo su conducta delictiva en diferentes momentos en los que se quedaron a solas”, continuó.

“Ibarra se aprovechó del estado de vulnerabilidad de su sobrina».

«Allegados de la víctima y profesionales que tuvieron contacto con ella atestiguaron que con frecuencia era sometida a circunstancias de extrema violencia”, señaló Minniti.

Por otro lado, la funcionaria del MPA explicó que “la investigación inició a raíz de una denuncia radicada por la propia víctima, quien dio cuenta de situaciones de maltrato físico y psicológico que padeció durante su infancia y adolescencia” y que “tras escaparse de la casa del condenado, se dirigió a una sede policial e informó lo ocurrido”.

Finalmente, Minniti detalló que “Ibarra fue condenado por la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la guarda y por la convivencia preexistente)”.