Este viernes, un hombre de 61 años fue acusado frente a la Justicia provincial por el delito de contaminación culposa del medio ambiente, por varios hechos relacionados con la actividad de la comercialización y manipulación de gas licuado de petróleo.

De acuerdo  lo informado por el Ministerio Público de la Acusación, el fiscal Matías Ocariz le achacó al hombre cuyas iniciales son REM haber actuado de manera negligente, imprudente y con impericia en el arte o profesión que desarrolla y en violación de las normas de este último, al realizar diversas conductas que causaron la liberación a la atmósfera de Gas Licuado de Petróleo en grandes cantidades lo que causo fuertes olores a gas en forma permanente.

Durante la audiencia, que se realizó mediante videoconferencia, Ocariz detalló que en el mes de febrero de 2019, REM realizaba actividad de fraccionamiento y recarga de garrafas de gas licuado para su venta y posterior reparto, en un domicilio ubicado en calle 710 al 1200 Bis.  Para ello, trasvasaba el producto mencionado de un cilindro de 45 kg hacia una garrafa de menor capacidad, utilizando un compresor y un ventilador de pie (lo que puede ocasionar una chispa o descarga eléctrica cerca del envase, y provocar un siniestro de enormes proporciones, poniendo en peligro la vida de las personas que se encuentran en el lugar y en las viviendas linderas), y al lado de una camioneta (lo que implica también una fuente de posible ignición y combustión), sin estar habilitado para dicha actividad, manipulando el envase en forma totalmente contraria a las normas establecidas.

Asimismo, también se le imputó haber almacenado en el mismo domicilio garrafas y cilindros en una cantidad mayor, en un 30% , a la permitida por su certificado de habilitación para la actividad de “Venta por menor de garrafas hasta 250 kg. y hasta 15 garrafas vacías”.

Pero eso no fue todo. En julio de 2019, también en el mismo domicilio, el acusado volvió a reaccionar el fraccionamiento y recarga de garrafas utilizando para ello un compresor sin estar habilitado para dicha actividad, motivo por el cual se dispuso la clausura preventiva de dicho inmueble.

Pero, de acuerdo a lo expuesto en la audiencia, desde el 4 de julio hasta el 22 de noviembre, REM violó sistemáticamente la clausura impuesta . Según una inspección realizada ese 22 de noviembre, por la Dirección General de Inspección de Industrias, Comercios y Servicios de la Municipalidad de Rosario y la Fiscalía Civil de Rosario, se constató el almacenamiento de 22 garrafas de 45 kilos, 45 garrafas de 15 kilos y 170 garrafas de 10 kilos. Además, se encontrron 3 cilindros y 2 balanzas, y se pudo verificar que el acusado se encontraba ejerciendo la actividad comercial.

Además, entre los otros cargos que el fiscal le aribuyó a REM figuran la violación de la clausura impueta ese 22 de noviembre de 2019, en los inmuebles de calle 710 al 1100 Bis y 1200 Bis, haber descargado el gas licuado de petróleo sobrante de su actividad mediante una manguera, de aproximadamente 11,5 metros de largo, que salía del galpón situado en uno de los predios y corría por debajo de la calle, hasta desembocar a orillas de las vías del Ferrocarril, ubicadas frente al inmueble, haber realizado repetidamente la actividad cuando las múltiples clausuras estaban activas, y otra decena de cargos por almacenamiento superior al permitido en su habilitación y efectuar operaciones de ese tio en la vía pública.

El juez de Primera Instancia Nicolás Foppiani tuvo por formalizada la audiencia imputativa y dictó disponer el cese de toda actividad de manipulación, almacenamiento y fraccionamiento de gas licuado de petróleo dentro de los domicilios mencionados por el término de 30 días con y ordenar a la Municipalidad de Rosario, que dentro de dicho término efectúe un informe de situación del lugar y lo eleve a las partes.