La banda, que fue desbaratada en marzo de este año, estaba integrada por 5 personas, vinculada a la comisión de escruches en Rosario, fue imputada, en ese momento por el delito de asociación ilícita y 9 hechos de robo calificado.

Sin embargo, el Magistrado de Primera Instancia negó la imputación por asociación ilícita porque entendía que no había elementos suficientes.

Por lo tanto, los fiscales Dres. Nicolás Foppiani y Georgina Pairola realizaron un planteo ante el juez penal de cámara, Dr. Daniel Acosta, quien finalmente resolvió hacer lugar al mismo, ya que el magistrado se enrola entre quienes interpretan que en estos casos el delito de Asociación Ilícita existe, aunque se realicen hechos bajo la misma modalidad comisiva.

Acosta, en su fallo, sostuvo «que el delito de la asociación ilícita es de carácter permanente y requiere la existencia de un acuerdo de voluntades estable y con caracteres de cohesión y organización, entre tres o más personas imputables, con la finalidad de cometer delitos en forma general e indeterminada, aún cuando se refieran a una misma modalidad comisiva”

La Policía de Investigaciones en conjunto con la Fiscalía llevaron adelante las tareas que permitieron poner fin a las actividades delictivas de este grupo, integrado por 5 personas, luego de un robo realizado en un departamento de calle Laprida al 800.

La banda tenía una vivienda alquilada que era utilizada como “búnker”, poseían vehículos, celulares y diferentes herramientas que les permitían realizar los robos en los departamentos céntricos de la ciudad, y una “aceitada” organización.