Confirman revocatoria de la prisión domiciliaria a dos miembros de la narcobanda de “Milanesa” Almaraz
Se trata de Martha Andrés, en cuya vivienda se vendían drogas, y de Carlos López, proveedor de la organización que era liderada por Franco Almaraz, preso en Coronda por un homicidio en Ludueña.
- Judiciales
- Ago 11, 2025
La cárcel de Coronda, de cuyo pabellón federal lideraba su banda «Milanesa» Almaraz.
A pedido del Ministerio Público Fiscal, la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó la prisión domiciliaria concedida a una mujer y un hombre procesados como presuntos miembros de una organización narcocriminal y con roles relevantes en la cadena de venta de estupefacientes, principalmente en la zona noroeste de la ciudad santafesina. La medida fue confirmada ahora la Cámara Federal de Casación Penal, que declaró inadmisible el recurso interpuesto por las defensas, lo que habilitó el traslado de ambos imputados a unidades penitenciarias para que cumplan allí su prisión preventiva.
Las resoluciones involucran a Martha Elizabeth Andrés y Carlos Alberto López y se enmarcan en una causa compleja instruida por la Unidad Fiscal Rosario, que investiga el accionar de una estructura criminal organizada, liderada desde la cárcel de Coronda por Franco Matías Almaraz, conocido como “Milanesa”, condenado por un homicidio y otros delitos.
El 11 de mayo del año pasado, el entonces juez federal Marcelo Bailaque -actualmente imputado por prevaricato, extorsión e incumplimiento de los deberes de funcionario público-, dictó el procesamiento de doce personas como presuntos coautores del delito de comercio de estupefacientes.
Según se desprende del expediente, las maniobras delictivas eran dirigidas por Almaraz desde la Unidad Penitenciaria Federal N°36 de Coronda, donde cumple una condena unificada de 26 años de prisión. El Poder Judicial de Santa Fe lo condenó a 20 años por homicidio y tentativa de asesinato en el marco de enfrentamientos entre bandas del barrio Ludueña. A esa pena se unificó otra, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2, que lo sentenció a 6 años como coautor de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, como integrante de la organización criminal que lideraba Leonardo “Leo Rey” Dalmacio Saravia.
¿Quién es quién en la banda?
Entre las personas procesadas con roles jerárquicos dentro de la banda se encuentra Rocío Belén Barrionuevo, identificada como presunta jefa de una de las células operativas en la zona de calle Bielsa al 6400. En ese domicilio, durante un allanamiento, se secuestraron estupefacientes fraccionados, elementos de corte y dinero en efectivo. A través de intervenciones telefónicas y tareas de inteligencia, se estableció que Barrionuevo mantenía contacto frecuente con Almaraz, con quien coordinaba el aprovisionamiento de la droga.
Martha Andrés, madre de Barrionuevo, residía en el mismo inmueble y fue una de las primeras personas investigadas. La pesquisa permitió constatar su participación activa en maniobras de comercialización de estupefacientes. Mientra que Carlos López fue señalado como un eslabón clave en el circuito de abastecimiento. Las pruebas recabadas lo vinculan directamente con el ingreso de droga al domicilio de Barrionuevo.
Fue registrado en varias oportunidades descargando paquetes desde su automóvil. Las comunicaciones interceptadas permitieron corroborar que tanto Almaraz como Barrionuevo se referían a él como el proveedor del barrio La Cerámica.
La intervención de Bailaque
A pesar de la gravedad de los hechos, Bailaque resolvió el 28 de octubre y 7 de noviembre de 2024 conceder la prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria a Andrés y López, bajo el argumento de que ambos tenían hijos menores a cargo.
La Fiscalía apeló esas resoluciones ante la Cámara Federal de Rosario y advirtió sobre los riesgos procesales que implicaba. Destacó que en el caso de López no se verificaba una situación de desamparo respecto de su hija menor, quien quedó al cuidado de su madre. Sobre Martha Andrés, la Fiscalía enfatizó que su hija de 11 años quedó a cargo de su abuela materna, por lo que no correspondía la prisión domiciliaria. Además, recordó que la vivienda donde se cumplía la medida cautelar era uno de los puntos señalados como boca de expendio de estupefacientes, situación a la que estaba expuesta la niña.
En sintonía con lo solicitado por el MPF, la Sala B de la Cámara Federal de Rosario resolvió ambos incidentes y revocó, el 14 de febrero pasado, la prisión domiciliaria de López, y el 5 de marzo, la de Andrés. En ambos casos, se ponderó la gravedad de los delitos imputados y la pena en expectativa, que impedirían la aplicación de una condena condicional.
Ahora, esa medida fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal y el 29 de julio el Juzgado Federal N°4 dispuso el traslado de Andrés y López a dependencias de la Policía Federal, para su posterior alojamiento en establecimientos penitenciarios bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal.



