La revelación de que se encontró un teléfono de línea fija en la celda que aloja a Ariel Máximo Cantero en el penal de Marcos Paz causó conmoción, revuelo, declaraciones varias, enojos y ríos de tinta. El aparato fue encontrado el pasado lunes 23 de agosto, tras una requisa solicitada por los fiscales Franco Carbone y Federico Rébola, que investigan la última balacera al Centro de Justicia Penal. 

El procedimiento se llevó adelante el lunes a la mañana y los agentes federales que requisaron el módulo 2 del pabellón 7, encontraron un aparato negro, similares a los que se utilizan en los domicilios particulares. Por decisión judicial ese teléfono fue secuestrado y se requirieron informes al SPF, a las autoridades de la cárcel y al Ministerio de Justicia de la Nación sobre «la fecha de conexión del servicio de telefonía fija dentro de la celda y sobre cuál es la normativa legal aplicable que autoriza a que el interno posea acceso ilimitado a un teléfono a disposición suya las 24 horas «.

Sin embargo, la interventora del Servicio Penitenciario Federal (SPF), María Laura Garrigós de Rébori, desmintió que se trate de un teléfono de línea y señaló que es un «teléfono público que funciona con tarjeta y lo usan todos los internos para hablar con sus familiares». «No es un teléfono público que se amura a la pared, son esos teléfonos que se pueden mover, que tienen un cable largo. Durante el día las celdas están abiertas y probablemente lo hayan corrido hacia la celda. No es otra cosa que esto. Todos tienen acceso al teléfono público», aseguró en la funcionaria.

>>También te puede interesar: Requisaron la celda de «Guille» Cantero y encontraron un teléfono de línea

Sobre lo dicho por la funcionaria, vale citar que la Ley de Ejecución Penal contempla las comunicaciones de las personas privadas de la libertad. y señala que “los reglamentos no pueden impedir que el interno se comunique periódicamente con su familia, amigos, conocidos, curadores, abogados o representantes de organismos oficiales o instituciones privadas interesadas por su reinserción social”.Establece, además, que las comunicaciones deben ser privadas.

Garrigós de Rébori explicó que, si bien el teléfono fue retirado del pabellón, deberá reponerse en forma inmediata porque es probable que comiencen a llegar los hábeas corpus de otros detenidos «por negar la comunicación a las personas de ese pabellón». Y explicó: «La Constitución «protege las comunicaciones, por lo que el señor Cantero, como cualquier otra persona detenida, tiene acceso a los teléfonos». «El Servicio Penitenciario no tiene autoridad para restringir o intervenir las comunicaciones privadas de las personas», dijo al sostener que esas medidas «corresponden a un juez».