Por Alejandra Ojeda Garnero

Una nueva jornada de juicio se desarrolló en los Tribunales Federales de Rosario, donde son juzgados 19 efectivos de la Policía de Santa Fe, acusados de desaparición forzada, torturas y muerte de Franco Casco, por lo que, muchos de ellos enfrentan una posible pena de prisión perpetua. Conclusión es el único medio que se encuentra presente en cada una de las audiencias desde su inicio en diciembre de 2021. Un total de cinco efectivos llevan más de cinco años detenidos en prisión preventiva en penales federales, “en condiciones inhumanas y degradantes”, según denunciaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y el Estado argentino sigue sin dar respuestas.

El tribunal, integrado por los jueces Otmar Paulucci, Ricardo Vázquez y Eugenio Martínez, escuchó hoy a la testigo que propuso la Fiscalía, la antropóloga, abogada e investigadora del Conicet, Eugenia Cozzi, que según sus propios dichos solo conoce del caso “la elevación a juicio”, y realizó una extensa y profusa exposición sobre violencia institucional basada en trabajos sociológicos, pero que nada tienen que ver con el caso concreto de Franco Casco, ya que se realizaron en barrios vulnerables, a personas en situaciones de vulnerabilidad y los resultados fueron contrastados con otros estudios similares. En su extensa alocución, la antropóloga, abogada y académica se despegó de la frase “A Franco Casco lo mató la policía”, a pesar de haber reconocido que forma parte de la Multisectorial contra la Violencia Institucional. Describió a la institución policial como «heterogénea» y admitió haber «trabajado con policías» en el marco de proyectos para abordar la problemática de los barrios, ya que «el interés es para comprender como es que las cosas suceden y producir un insumo que sea valioso para producir políticas públicas de transformación» y » de ninguna manera existe» aversión hacia la policía.

En la exposición que realizó ante el tribunal, se explayó sobre su trayectoria académica, en dos proyectos que ofrecen un marco teórico al caso que se debate en este juicio, pero nada tienen que ver con el caso concreto de Franco Casco. Materialmente, la intervención no aporta nada concreto sobre la causa, solo se trata de investigaciones sobre prácticas policiales y de burocracias penales en relación a los jóvenes en situaciones vulnerables.  Asimismo, al ser consultada sobre su conocimiento de la causa, dijo que solo leyó la requisitoria de elevación a juicio, por un proyecto en el que está trabajando, aseguró que “no conozco la causa”, y aclaró que no está realizando, ni realizó ningún trabajo específico sobre el caso Franco Casco.

Sobre su trayectoria profesional detalló que es «investigadora del Conicet, doctora en antropología por la Universidad de Buenos Aires, magister en criminología por la Universidad Nacional del Litoral, y abogada por la Universidad Nacional de Rosario, además soy docente e investigadora del departamento de Derecho Penal y criminología de la UNR e investigadora del programa de antropología política y jurídica de la UBA. Mi línea de investigación de los últimos años estuvo ligadas a la participación de jóvenes en actividades delictivas, pero también sobre prácticas de distintas burocracias penales, especialmente sobre policías y fuerzas de seguridad. Además soy activista en materia de Derechos Humanos y participo de la Multisectorial contra la Violencia Institucional en la ciudad y soy socia del Cels (Centro de Estudios Legales y Sociales) y a lo que interesa a este juicio me desempeñé como consultora en dos proyectos de investigación impulsados por el Cels y con apoyo de  Unión Europea, uno sobre violencia institucional que se desarrolló entre los años 2014 a 2016; y con posterioridad otro proyecto de investigación sobre tortura en la ciudad de Rosario, y del resultado de esos proyectos hemos publicado informes sobre la interacción entre policías y jóvenes en la ciudad y también sobre circuitos de detención».

Ante el pedido de la Fiscalía para que la académica se explaye sobre los proyectos y la caracterización de las practicas policiales en relación a los jóvenes de los barrios de sectores populares, el abogado defensor Rodrigo Mazzuchini planteó una objeción al tribunal sobre «la pertinencia, considero que estamos aquí tratando el caso de la desaparición del joven Franco Casco, y su tortura seguida de muerte», por lo tanto, «todo relacionamiento antropológico, que sin dudas tiene un interés científico, en este caso concreto no sería materia del debate. Podríamos ir a escuchar una conferencia, pero me ceñiría a que relate lo que conoce sobre este caso en concreto», a lo cual el tribunal no hizo lugar, ya que se aceptó a la testigo de concepto y «ya aclaró que no es testigo directo y sabrá la Fiscalía para que la citó», explicó el presidente Ricardo Vázquez.

La respuesta, fue amplia y refirió a «estudios nacionales y en la región y en la provincia de Santa Fe han documentado cómo los jóvenes de sectores populares han sido objeto especifico de control y de gobierno por parte de las policías y de las fuerzas de seguridad, a través de una multiplicidad de formas de humillación, de maltratos, de hostigamiento y eso nos lleva a pensar en un par conceptual que utiliza la sociología de la policía para pensar la interacción entre policías y determinados grupos sociales que es de sobre criminalización y desprotección”. Y agregó “lo que podemos decir es que los jóvenes de sectores populares de la ciudad de Rosario, que no es algo que se da solo en nuestra ciudad, está por un lado sobrecriminalizado a través de esta serie de prácticas, y al mismo tiempo están desprotegidos».

«En relación a la sobrecriminalización, es una atención focalizada, selectiva, arbitraria y violenta de la policía en relación a un grupo social particular, en los proyectos de investigación hemos documentado cómo las interacciones de la policía con jóvenes de sectores populares son frecuentes, cotidianas y eso moldea sus rutinas, sus trayectorias; son detenidos o demorados o molestados en su vida cotidiana al intentar circular por su propio barrio, o por otras zonas de la ciudad».

Para la Dra. Cozzi, «este hostigamiento policial es sistemático, prolongado en el tiempo, está focalizado a determinados grupos sociales. Estas interacciones se dan independientemente de que estos jóvenes cometan o no actividades delictivas, y muchas veces jóvenes que no cometen actividades delictivas estén en un lugar de mayor exposición frente a estas prácticas, porque no conocen el lenguaje de esa interacción o cómo manejarse. Podemos pensar que la experiencia de estos jóvenes al transitar por su propio barrio o en otras zonas de la ciudad en relación con la policía podrá ser semejante a la experiencia en un aeropuerto para salir del país. En distintos momentos nos van a parar, nos van a preguntar quiénes somos, qué hacemos ahí, nos van a pedir documentos, nos van a revisar nuestras cosas, independientemente que llevemos o no algo prohibido y eso nos va a generar cierto malestar. Imagínense si eso le pasa a una persona que no es un viajero frecuente y que además no conoce el idioma de esas interacciones, entonces, son prácticas que moldean las rutinas y las trayectorias distales de los jóvenes de sectores populares. Estas prácticas además, están sedimentadas en normas de baja jerarquía que de algún modo las permiten, las habilitan o las toleran, es decir en nuestro país tenemos una serie de normas de mayor jerarquía que limitan la restricción de la libertad por parte de las policías, hay normas de baja jerarquía, resoluciones, disposiciones, leyes orgánicas de policías, un derecho de policía, que habilita de manera ambigua detener personas y la ambigüedad de esas normas lo que genera es que el contenido práctico de esas circunstancias se produce a través de estas policías».

Según quedó documentado en los estudios realizados, sin ningún tipo de vinculación con el caso Casco, «En la provincia de Santa Fe podemos pensar en las detenciones por averiguación de identidad, el artículo 10 bis de la ley orgánica de policía, porque permite que se produzcan estas prácticas y ahí hay que hacer la distención entre discrecionalidad o arbitrariedad, en relación a como se producen estas detenciones, aparecen explicadas por un lado, al olfato policial y a estas detenciones por estereotipos o por prejuicio, de quienes se consideran estos grupos sociales que son considerados no solo por las policías y por las burocracias penales sino en esta tradición de la criminología positivista proclives al delito. Detenciones por portación de cara, por quienes pensamos que pueden generar situaciones de inseguridad, pero también se dan en demandas coyunturales de una exigencia o de producir estadística, o responder a un problema de inseguridad o porque ocurrió un hecho particular que requiera alguna respuesta».

Franco Casco desapareció en octubre del 2014 «y era un momento que ha sido caracterizado en distintos estudios con esta idea de crisis de seguridad, un aumento de la tasa de homicidios registrados de una manera significativa, un desarrollo y expansión de mercados ilegales en la ciudad, una serie de causas donde aparecían policías involucrados en delitos ligados a las drogas ilegales. Para abril del 2014 se produjo el primer desembarco de las fuerzas federales en la ciudad, es decir, había un clima de crisis en materia de seguridad y esa necesidad de respuesta», explicó la académica.

Según los datos recolectados en el estudio, «estas detenciones, muchas veces van acompañadas por agresiones físicas y verbales, y hay una concentración de las agresiones, lo que aparece en el estudio es esa concentración de la violencia en los primeros momentos de la detención. Eso podría estar pensado como una violencia utilizada como un medio extorsivo en ese momento donde se puede negociar permanecer o no detenido en esas circunstancias», y además, «esto coincide con lo que está registrado en los informes de tortura del Servicio Público de la Defensa que viene desarrollando desde el año 2015. Mas allá de que eso es un recorte porque toma registro de esas situaciones, de las personas defendidas por la Defensoría, o sea que el universo de casos podría ser mucho mayor, pero coincide con la idea de que hay una concentración del uso de la fuerza física en esos primeros momentos de la detención. Este tipo de situaciones en nuestro país también han llevado a una responsabilidad internacional al Estado, como el caso Bulacio o Fernández Prieto y Tumbeiro, y ha establecido la obligación al Estado de transformar las prácticas y las normas que habilitan estas prácticas».

Sobre la relación entre policías y jóvenes de barrios vulnerables, la muestra estudiada reveló que también «aparecen otros tipos de interacciones, no solo estas formas de sometimiento sino más ligadas a negociaciones, arreglos, entre jóvenes y policías. Y por otro lado y como contracara de esto aparece esta idea de desprotección, en el sentido de, por un lado una cierta desconfianza en la institución policial en los barrios populares, de la ausencia, la policía es pensada como algo de la cual hay que cuidarse, más que una institución que pueda dar protección. Pero por otro lado, aparece como una desatención de las victimizaciones que sufren los jóvenes de sectores populares o sea sus victimizaciones no son adecuadamente investigadas y sancionadas, más aún cuando estas victimizaciones son concretadas por agentes del Estado y ligado también, en algunos casos, a cierta voluntad de no denunciar y eso está ligado a temor a represalias pero también a cierta naturalización del sentido de la injusticia y la impunidad, nada sucede con estas denuncias con posterioridad», explicó.

La Fiscalía le solicitó profundizar sobre el «primer momento de detención», la Dra. Cozzi refirió al segundo proyecto de investigación que trajo para poner en contexto el caso que se debate en este juicio, «el proyecto sobre torturas, una de las hipótesis para trabajar era la idea que esa mayor carga de violencia física en el primer momento de la detención estaba ligado a que la policía tiene un dominio casi absoluto de la escena en ese momento, por la ausencia de un control externo», a partir de allí el interés se centró en «reconstruir el circuito de detención de las personas, es decir ¿por qué lugares transitan las personas cuando son detenidas y cuáles son las instituciones que intervienen o debieran intervenir en ese primer momento».

La investigación reveló que el cambio del proceso penal en la provincia de Santa Fe no logró concretar cambios sustanciales en los procedimientos. «En un momento de transformación del sistema procesal penal aparecen las fiscalías y defensorías de turno, si efectivamente la organización de la Fiscalía y Defensoría habían incidido en recortar ese dominio casi absoluto de la policía en esos primeros momentos. Aparecen por un lado cuáles son las posibilidades de la policía de detener sin orden judicial y a las detenciones de averiguación de identidad se suma los casos de flagrancia, y además en la forma en como está establecida, es de manera ambigua y amplia, no solo en el momento del hecho, o si tiene objeto ligados al delito».

«Entonces se permiten una serie de detenciones sin ese control jurisdiccional y que luego son validadas por las burocracias penales, las fiscalías y los tribunales. Pudimos reconstruir que si bien la normativa establece que cuando detiene a una persona en flagrancia debe notificar inmediatamente a la Fiscalía, por una resolución interna de la Fiscalía del año 2015, se pasa a un período de seis horas para avisar, entonces aparece un momento de dominio de la escena por parte de la policía. Pero a su vez, esta reconstrucción la hicimos no solo con el trabajo de campo con jóvenes de sectores populares que veníamos haciendo previamente, sino también entrevistando a los propios operadores del sistema, a defensores, fiscales, como es que esto sucedía». La respuesta fue que «muchas veces hay un retraso en notificar esas detenciones, y de hecho se atrasa el inicio desde donde se cuentan esas seis horas y muchas detenciones no son blanqueadas, es decir no hay un registro de la detención de la persona, y a su vez si la fiscalía decide no iniciar causa penal esa detención no suele ser notificada a la Defensoría y no hay un control de las detenciones que no terminan en causa penal», explicó.

En  consecuencia, el estudio reveló que «a pesar de las transformaciones del sistema de justicia penal y con la aparición de fiscales y defensorías de turno, pareciera que hubiera una reconfiguración, pero seguimos teniendo serios problemas en el sentido del dominio policial de la escena. Primero por las detenciones que no son blanqueadas, por la demora en la notificación, por las detenciones por averiguación de identidad que no tienen la obligación de hacer esa consulta con el fiscal, por la fiscalía que luego evalúa por ese relato policial y por la prueba producida por la propia policía. Mas allá de esa reconfiguración sigue habiendo un dominio de la escena policial que habilita estas prácticas».

La desaparición de Franco Casco y activismo por los Derechos Humanos

La participación de las organizaciones en los casos de violencia institucional tienen como objetivo el acompañamiento a las personas que la padecen, porque «aparecen en los casos de violencia institucional patrones de prácticas, que tiene que ver con patrones de actuación de las propias policías a los fines de garantizar impunidad. En los casos de violencia institucional hemos documentado a partir de diversos casos, lo que aparece es la cuestión de una versión policial de los hechos que no siempre se condice con lo que sucedió, amedrentamiento al testigo o falsedad de actas y demás. La importancia del activismo y del acompañamiento de las víctimas es por un lado para poder revertir esa situación, dar a conocer la versión de lo sucedido, acercar testigos, acompañar esa versión judicial».

Las organizaciones tuvieron una fuerte presencia para acompañar a la familia. «En el caso de Franco Casco, podemos pensar en distintos momentos, porque hay una fuerte resistencia de las burocracias en relación a estos activismos. Hubo un primer momento en que el activismo estuvo ligado a acompañar a la familia a buscar a su hijo, todo el tiempo que estuvo desaparecido. Con todas las dificultades que tuvieron en ese momento, viajar a otra ciudad, el daño producido a la familia excede ampliamente la desaparición y muerte de su hijo. Se tuvieron que trasladar a otra ciudad y el activismo también estuvo ligado a articular con el Estado el acompañamiento de esa familia que tuvo que interrumpir su vida y trasladarse a otro lugar».

Otro momento fue «la aparición del cuerpo sin vida y todo el proceso de búsqueda de justicia, en un primer momento el pasaje de la justicia provincial a la federal, la circulación de versiones que luego se revertían en la causa judicial pero la circulación de esas versiones en la prensa local generando mucho dolor y angustia a la familia. Una familia que no sabía si su hijo estaba, dónde estaba, qué le había pasado. Una vez que se encuentra el cuerpo qué era lo que había pasado con Franco, la responsabilidad de poder reconstruir lo sucedido para que la familia pueda saber qué fue lo que pasó con su hijo. La importancia del activismo tiene que ver con poder acompañar esos procesos de justicia, pero también pensarlos como formas de reparación de un daño que es irreparable. La importancia de que el Estado reconozca la desaparición es una forma de reparar también. La importancia del activismo y cómo la organización y el acompañamiento de familia excede ampliamente el acompañamiento de la causa judicial, las distintas dificultades con las que se encuentran en ese momento, y las formas de pensar la reparación del daño producido», es la función del activismo.

Proyectos y su relación con el caso 

«En relación a los proyectos que tienen pertinencia a lo que se está debatiendo acá, uno es un proyecto sobre violencia institucional para pensar políticas de abordaje y se había conformado un equipo local con investigadores de la Universidad Nacional de Rosario, que involucraba a equipos y organizaciones de Derechos Humanos de diferentes partes del país. Estaba impulsado por el Cels con apoyo de Unión Europea. Esa investigación tiene diferentes técnicas de recolección de datos, por un lado con recolectar acerca de cuáles eran las áreas del Estado que debía producir información sobre violencia institucional y cómo las producía, por otro lado poder reconstruir estas prácticas, y eso a partir de un trabajo etnográfico en barrios populares de la ciudad pero también entrevistando a operadores del sistema de justicia, fiscales, jueces, defensores, relevamiento de noticias periodísticas, y en algunos casos reconstrucción de casos de ejecuciones sumarias. Y en el proyecto de prevención de tortura, mi participación tenía que ver con reconstruir los circuitos de detención, con una metodología similar, pero además aparece el relevamiento de normativas, su análisis y entrevistas a fiscales y defensores de turno, y en el relevamiento de información aparecen los informes de tortura de la Defensa Pública. El primero es a partir del 2014 al 2016 pero el informe produce datos de la interacción entre jóvenes y policías en el período de 2008 a 2015, que es el momento de transformación en las políticas de seguridad en la provincia, por eso tiene ese recorte temporal, para pensar cómo el contexto político puede incidir en los paradigmas policiales. Hay distintas lecturas en relación a cómo coyunturas particulares inciden en burocracias penales y que hacen en relación al abordaje de los fenómenos. Y el otro es de 2016 a 2018, donde se produce el informe de circuitos de detención que tiene que ver con un proceso posterior a lo de Casco que es la unificación de los puntos de entrada en comisaría de las personas presas y la creación del Order, para pensar si esas modificaciones en los circuitos de detenciones habían generado cambios en las prácticas en esas primeras horas de detención»

Luego de la extensa exposición teórica, comenzó la rueda de preguntas, las querellas no formularon interrogantes, pero al turno de las defensas el defensor Germán Mahieu le consultó a Cozzi si vive en algún barrio popular, a lo cual la testigo mirando a los fiscales preguntó si respondía la pregunta, e inmediatamente el juez la habilitó, entonces la letrada afirmó que «no, no vivo en un barrio popular», el interrogatorio continuó con la pregunta si a la llegada al tribunal le habían pedido exhibir su DNI, «si», y ante la respuesta el abogado interrogó si se sintió hostigada o amedrentada por dicha acción, a lo cual respondió «no». Claramente, el defensor intentaba reconstruir una escena cotidiana, que en los extensos informes que relató en la audiencia, se muestran como actos de hostigamiento a los jóvenes de barrios populares.

La consulta continuó en relación al trabajo que realizan los abogados penalistas habitualmente, «ya que mencionó que es abogada» afirmo el defensor Mahieu, «pero ejercí poco tiempo la profesión», y al ser consultada en qué casos trabajó, aseguró «civiles y penales». El abogado continuó su alocución al hacer mención a situaciones recurrentes al momento de entrevistarse con algunos clientes y en el rol judicial también ocurren que versan sobre «la policía me pegó en el momento de detención, me plantaron un allanamiento, me golpearon», la consulta apuntó a conocer si sobre esa temática ¿desarrolló algún proyecto de investigación para determinar el porcentaje de veracidad de esos dichos? La Dra. Cozzi respondió que «los objetivos de los proyectos de investigación no tienen que ver con la construcción de una verdad jurídica, sino lo que las ciencias sociales hacen es reconstruir procesos y las formas de validación de esos procesos está ligado a las técnicas de recolección de datos que se utilizan. Estas técnicas tienen que ver con trabajo de campo y entrevistas en profundidad».

Cuando se refiere en términos generales a la policía se comprende a todo el personal policial, «de lo que doy cuenta es de los resultados de una investigación en el marco de las ciencias sociales, y no pensamos a la institución policial como monolítica, por supuesto que al interior de las fuerzas hay diferencias, heterogeneidades, a las que damos cuenta en esa investigación, hay áreas específicas de la policía que aparecen mencionadas como con prácticas particulares en relación a lo que me refería. Se puede pensar a la institución policial como heterogénea, pero al mismo tiempo planteamos que hay diferencias en su interior, documentamos ciertas prácticas que constituyen patrones de funcionamiento. Y eso excede a la policía de la provincia de Santa Fe, sino que son formas de hacer ligadas o sedimentadas en estas normativas que hacen que esas prácticas sucedan de manera sistemática».

Lejos de mostrar algún tipo de aversión hacia la fuerza policial, la Dra. Cozzi manifestó que «el interés de los estudios es de comprensión y en algunos casos hemos trabajado junto a policías, por ejemplo, documentando la creación de la Policía Comunitaria en su momento. El interés es para comprender como es que las cosas suceden y producir un insumo que sea valioso para producir políticas públicas de transformación, pero desde ningún punto de vista aparece esa cuestión» de desprecio hacia la policía, según preguntó el defensor Carlos Racamato.

Multisectorial Contra la Violencia Institucional y un eslogan como sentencia

En relación a la Multisectorial Contra la Violencia Institucional, dijo que «la ciudad de Rosario tiene una historia muy rica en activismo en relación a Derechos Humanos y en particular en materia en contra de la violencia institucional, podemos nombrar antecedentes de la Multisectorial de familiares de víctimas del 2001, padres del dolor en 2004, es una ciudad rica en activismo por estos temas. Cuando ocurre el caso Casco se organiza la Multisectorial «Justicia por Franco Casco», que nuclea a organizaciones barriales que estaban ayudando a la familia a buscar a Franco, pero después aparecen otras organizaciones de la ciudad colaborando. Con posterioridad aparecen otros casos resonantes en la ciudad, entre ellos el de Jonatan Herrera, y seguían conformando por casos, participa también la universidad, los organismos históricos de la ciudad, es un espacio muy amplio en términos de sindicatos, Amsafe preocupados por la muerte de sus alumnos y en un determinado momento se decide unificar. En el año 2016 surge la Multisectorial contra la violencia institucional de Rosario, que es un organismo de Derechos Humanos de nuevo tipo que busca acompañar a familiares y víctimas de violencia institucional en este proceso de búsqueda de justicia pero también de reparación de ese daño producido que además es irreparable».

Sobre el eslogan «A Franco Casco lo mató la policía», la Dra. Cozzi aseguró que «no» participó de su creación ya que «me integro con posterioridad, porque empiezo a participar cuando sucede el caso de Jonatan Herrera, en 2015».

El caso

Franco Casco llegó el 29 de septiembre de 2014 a visitar a familiares en Empalme Graneros, el 6 de octubre del mismo año, y a pocos días de haber llegado de Florencio Varela, su ciudad natal, abandonó la vivienda y su familia no tuvo novedades sobre su paradero hasta que el 30 de octubre, 22 días después, su cuerpo fue hallado en las aguas del río Paraná.

Un total de 19 policías, que desde un principio sostienen su inocencia, están siendo juzgado por los delitos de desaparición forzada seguida de muerte y torturas, por lo que enfrentan una posible pena de prisión perpetua. Cinco de ellos están detenidos desde hace más de cuatro años en prisión preventiva efectiva, en penales federales.

Son juzgados por los delitos de desaparición forzada de personas agravado por la muerte de la víctima, imposición de torturas seguida de muerte a personas, legítima o ilegítimamente privadas de su libertad, entre los cuales se encuentran el ex jefe de la seccional 7ª Diego Alvarez, junto a los efectivos Cecilia Ruth Elisabet Contino, Walter Eduardo Benítez y Fernando Sebastián Blanco, en calidad de autores.

César Daniel Acosta, Guillermo Hernán Gysel, Cintia Débora Greiner, Rocío Guadalupe Hernández, Marcelo Alberto Guerrero, Enrique Nicolás Gianola Rocha como coautores del delito de desaparición forzada de personas agravado por la muerte de la víctima.

En el caso de Franco Luciano Zorzoli, Rodolfo Jesús Murúa, Romina Anahí Díaz, Elisabeth González Belkis, Walter Daniel Ortiz y Ramón José Juárez, son acusados como partícipes secundarios.