Diputados de Juntos por el Cambio, encabezados por Luis Petri, solicitan al Banco Central de la República Argentina que dicte una norma aclaratoria de la comunicación “A” 7052 atento a sus confusos términos en los que se encuentra redactada, precisando los conceptos y/o rubros alcanzados por el beneficio otorgado en la misma. En caso que las transferencias no estén asociadas a los montos de los beneficios, solicitan la derogación de la comunicación.

Dicha disposición, establece que el acceso al mercado de cambios por parte de clientes no residentes para la compra de moneda extranjera requerirá la conformidad previa del BCRA, excepto por las siguientes operaciones: «3.12.6. “transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes”

Por ello, Petri alerta que «existe una diferente redacción, que puede dar lugar a distintas interpretaciones respecto de la posibilidad de acceder al mercado de cambios sin autorización del BCRA, sin encontrarse limitado al monto del beneficio, lo que rompe el principio de igualdad y lo transformaría en un privilegio arbitrario».

En el proyecto de declaración, los diputados explican que: «En la comunicación “A” 7052, no establece si aquellos que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional -en el marco de las leyes 24043, 24.411 y 25.914 y concordantes-, pueden realizar compras de divisas “por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado”, como así lo exceptúa para aquellas transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES); o bien si la compra de divisas a dolar oficial es ilimitada cuando se trata de una persona alcanzada por las mencionadas leyes»

De este modo, Petri considera «fundamental que el BCRA dicte una norma aclaratoria, precisando los límites y alcances como lo hace en el caso de jubilados no residentes. De no ser así, no encontrándose asociadas exclusivamente a los montos de los beneficios acordados a personas no residentes en el país por las mencionadas leyes, solicitamos la Derogación de la comunicación efectuada por el Banco Central de la República Argentina, por ser violatoria del principio de igualdad ante la ley consagrado en el Artículo 16 de la Constitución Nacional»