La AFIP oficializó hoy la prórroga de los plazos para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias, Bienes Personales y Renta Financiera, con el fin de «facilitar el cumplimiento» de los contribuyentes. La decisión se formalizó a través de una Resolución General del ente recaudador, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) justificó esta medida al señalar que «con el objeto de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se estima necesario extender el plazo para la presentación de las citadas declaraciones juradas».

Así, la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y/o a la ganancia mínima presunta, correspondientes al período fiscal 2018, de las personas humanas y sucesiones indivisas, podrá efectuarse según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente.

De este modo, quienes tengan CUIT con terminación 0,1,2 y 3, podrán presentar las declaraciones hasta el 18 de junio inclusive; con terminación 4,5 y 6 hasta el 19 de junio y con 7,8 y 9, hasta el 21 de este mes. Para la presentación de la declaración jurada de Renta Financiera, también conocida como «impuesto cedular», el plazo vencerá el 19 de junio.

Sobre este tributo, la AFIP recordó que los contribuyentes podrán optar por confeccionar la declaración dentro del servicio «Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado» del sitio web del organismo, mediante una de las siguientes modalidades:

a) «Declaración jurada detallada»: se consignarán los importes individuales por cada tipo de renta.

b) «Declaración jurada simplificada»: se informarán los importes totales por cada tipo de renta.