Crisis sin retorno: la Justicia dictó la quiebra de SanCor
Luego del pedido de la propia cooperativa láctea, este miércoles, el juez Marcelo Gelcich la firmó formalmente. De esta manera se activa la venta de sus plantas y ordena el proceso de quiebra.
- Economía
- Abr 22, 2026
Finalmente se concretó el pedido de quiebra de SanCor. El juez Marcelo Gelcich, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, firmó este miércoles la resolución que formaliza el proceso de quiebra de la histórica cooperativa láctea, estableciendo un cronograma preciso de como se desarrollará la misma.
La sentencia del magistrado destaca que la insostenibilidad de la firma debido a la gran cantidad de acreedores comerciales, fiscales y laborales. La propia cooperativa había solicitado la quiebra formal debido a una deuda millonaria que llevó a la histórica firma al colapso.
El panorama financiero es una crónica de una muerte anunciada. La deuda impositiva y previsional posconcursal supera los $6.349 millones y crece a un ritmo cercano a $3.000 millones mensuales. A esto se suman: Más de $12.788 millones en salarios adeudados, $3.380 millones en aportes a obras sociales, ART y sindicatos, $13.313 millones en deudas comerciales, principalmente por materia prima y energía.
En total, el pasivo global, incluyendo la deuda concursal, se estima en torno a los 185 millones de dólares.
En tanto, la cooperativa cuenta con 914 trabajadores, de los cuales 215 están bajo el régimen de “jornada libre”, con pagos parciales y atrasos salariales (desde el mes de agosto). En tanto, las plantas están muy debajo de producciones de años anteriores. Destacando que la alojada en Sunchales, es la planta más afectada.
¿Cómo se desarrollará el proceso anunciado por la Justicia?
La sentencia de quiebra establece un cronograma detallado que intenta darle forma y orden a la crisis, protegiendo a los acreedores y trabajadores, e intentando sostener la cadena láctea.
De esta mnanera, se fijan 10 días para el inventario, 30 días para la presentación de créditos, 60 días para el informe general y 90 días para reportes periódicos.
En tanto, el Consejo de Administración de SanCor tiene una decisión válida al solicitar el avance de la quiebra. De todos modos, la convocatoria a asamblea para el 30 de abril “reviste valor institucional en orden a la cohesión orgánica de la entidad y a la legitimación de la decisión ante sus asociados, pero no condiciona la validez de la presente resolución, cuyos presupuestos son de orden público y operan con independencia de la voluntad interna de la persona jurídica deudora”.
Por lo tanto, la asamblea constituye un paso formal que no revierte el desenlace. Así, la quiebra indirecta se produce por la frustración anticipada del trámite preventivo.
Se agrega que “se analizará la venta de las unidades productivas que componen la empresa fallida, y sus restantes activos, por separado o en conjunto, mediante licitación pública o privada, así como los modos de pago del precio, en el marco normativo del pliego de licitación que será producido a tales fines, garantizando en todo momento la transparencia, así como la mejor conveniencia para los fines del concurso en particular (mayor precio para el pago a acreedores) y del ordenamiento jurídico en general (sostenibilidad y fines de interés general)”.

