Desde el 18 de septiembre, los usuarios de tarjeta de débito comenzaron a percibir los reintegros del programa «Compre sin IVA» de las compras de productos de la canasta básica.

El reintegro, que tiene un tope mensual por persona de $18.800, se acredita de forma automática en la cuenta bancaria correspondiente a la tarjeta de débito asociada.La devolución puede tardar hasta 48 horas después de realizada la compra. Sin embargo,  quienes no hayan percibido los correspondientes reintegros, tienen  via de reclamo y se hace a través del portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

¿Cómo hacer el reclamo?

  • Ingresar a la web de AFIP con CUIT/CUIL y clave fiscal;
  • En la sección Reclamos y Sugerencias hacer click en “Programa de Asistencia al Ciudadano”;
  • Completar el formulario con datos personales, número de teléfono y mail;
  • Detallar los motivos del reclamo, en este caso, la no devolución del IVA.
  • También se puede hacer el reclamo por teléfono, en la línea de Atención al Usuario a través del 0800-999-2347.

¿Cuándo se reintegra el dinero de la devolución del IVA?

El reintegro se deposita hasta 48 horas después de la compra, de forma automática y en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito asociada.

Según AFIP, las compras realizadas hasta las 17:00 de un día serán reintegradas a las 24 horas de efectuado el consumo. Aquellas compras efectuadas después de las 17:00 se acreditarán dentro de las 48 horas.

La devolución del dinero será sobre el total del ticket, al menos hasta que AFIP implemente el sistema de control por productos. El reintegro figurará en el resumen de cuenta de la tarjeta de débito con la leyenda “Reintegro programa COMPRE SIN IVA”.

¿Cómo saber si me corresponde el reintegro?

Los beneficiarios del programa son los jubilados y pensionados con ingresos de hasta $524.754 (equivalente a seis jubilaciones mínimas), monotributistas, personal de casas particulares; titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH), asignación por embarazo, Tarjeta Alimentar, Potenciar Trabajo y trabajadores en relación de dependencia cuyo salario no supere los seis Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM), lo que hoy equivale a $708.000.

Quedan excluidos los trabajadores autónomos y las personas a tributar el Impuesto sobre los Bienes Personales, siempre que dicha obligación no surja de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

La AFIP habilitó una web que permite saber si una persona está alcanzada por este beneficio. Se puede acceder ingresando al link https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

Una vez allí, se debe ingresar el CUIL/CUIT sin guiones ni espacios y completar el código de seguridad solicitado. Luego, hacer click en “consultar”. La plataforma mostrará en pantalla si estás incluido en el programa de devolución del IVA.