Enviado especial a Buenos Aires – El senador nacional de la Alianza Cambiemos ( UCR-PRO ), por Mendoza, Julio Cobos manifestó al salir de la reunión con el Interbloque Cambiemos, que «quedará sin efecto la aplicación de la resolución por la cual los usuarios debían abonar un importe adicional en las tarifas de gas para paliar el déficit de las empresas por la devaluación».

En diálogo con Conclusión, el senador Cobos precisó que en la reunión se resolvió “dejar sin efecto la aplicación de la resolución que tanto comentarios ha originado, inclusive presentaciones judiciales sobre todo por el tema de retroactividad”.

> Te puede interesar: Rogelio Frigerio: “El Gobierno resolvió suspender la compensación del gas”

Cobos explicó que “la idea es que se instruya al Poder Ejecutivo de encontrar un mecanismo de negociación como se ha hecho en otras oportunidades para que esto no sea trasladado al usuario respetando lo que llamamos seguridad jurídica”.

El senador nacional indicó que “el ministro (Frigerio) ha informado que en lo sucesivo ya acordó con las empresas que esta cláusula gatillo no rige más, que tiene como límite el valor de 38 pesos el dólar y que si baja es una variación de compensación pero el resto queda pesificado y será absorbido por las empresas”.

En ese sentido aclaró que “el Poder Ejecutivo tendrá una etapa de negociación que por ahora está previsto trasladar a un periodo de gracia al mes de octubre para no modificar el tema presupuestario y a partir de ahí resolver los montos y actualizaciones en aproximadamente 30 cuotas”.

Para finalizar, Cobos destacó que “lo importante es que se deja sin efecto la resolución y no va a regir la cláusula gatillo para el futuro y a efecto de contemplar lo que llamamos seguridad jurídica entrará en una fase de negociación pero lo que tiene que quedar claro es que el usuario no paga un peso”.

Consultado sobre si se derogará la normativa del año 92 que facultaba a las empresas a realizar la actualización tarifaria en dolares, Cobos indicó que “no está previsto pero en los futuros contratos de concesión queda sin aplicación porque una ley no puede ser retroactiva, pero el Poder Ejecutivo podría aplicar un decreto, un DNU o alguna iniciativa legislativa para dejar sin efecto esto que surgió en el año 92, en la convertibilidad y que fue aplicado en el 2006 también en forma retroactiva”.