La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso este jueves una suba de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para operaciones con tarjetas destinadas al consumo en dólares en viajes y gastos en el exterior, cuya alícuota pasará del 35% al 45%.

La Resolución General 5232 de AFIP, que entró en vigencia este jueves con su publicación en el Boletín Oficial, busca «robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos», y excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento, que continuará con una alícuota del 35%.

Puntualmente, quedarán comprendidas en la nueva alícuota todas las operaciones de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior.

También las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas.

Además queda incluida la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.

De esta forma, el tipo de cambio del llamado «dólar solidario» o «dólar ahorro» seguirá siendo -en base a la cotización de cierre de ayer- de $223 (dólar oficial más el recargo de 30% del impuesto PAÍS y el anticipo a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 35%).

Mientras que el tipo de cambio del «dólar tarjeta en el exterior» sería de $237,85, en base a la cotización de cierre de ayer.

La dependencia oficial señaló que la decisión forma parte de las distintas medidas destinadas a garantizar el equilibrio fiscal, promover la solvencia del Estado como promotor de la actividad económica y sostener el impulso redistributivo de la política fiscal.

«La actualización en la alícuota de la percepción se instrumenta a partir del reconocimiento de la expresión de capacidad contributiva de un sector de contribuyentes que, fundamentalmente, gastos de moneda extranjera para viajes y consumos en el exterior», señaló la AFIP.

La adecuación de la alícuota para la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales establecida en 2020 recae sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS (que fija un recargo del 30% para todas las operaciones minoristas en dólares, ya sea para atesoramiento o pago de bienes y servicios), a excepción de la compra de moneda extranjera para atesoramiento.

Según explicó la dependencia que conduce Mercedes Marco del Pont, «la herramienta permite anticipar ingresos tributarios a partir de las operaciones realizadas en viajes y consumos en el exterior por parte de un conjunto de contribuyentes que expresan capacidad contributiva».

En el caso que las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado.

Asimismo, los monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción.

«El reintegro de dichos montos estará sujeto a las acciones de control y fiscalización de la AFIP, que tendrán lugar una vez finalizada la presentación de las declaraciones juradas de ambos impuestos», subrayó la AFIP.

LA OPINIÓN DE LOS TRIBUTARISTAS

La actualización de la alícuota -que pasa desde este jueves del 35% al 45%- alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior, según dispuso la AFIP a través de una Resolución General.

Para Sebastián Domínguez, de SDC asesores tributarios, la decisión del Gobierno «no luce razonable», ya que «la alícuota máxima del impuesto a las Ganancias para personas humanas es del 35%y acá se aplica una percepción del 45%, sobre un consumo que probablemente ni está vinculado con la actividad del contribuyente».

«Es una percepción demasiado alta con relación al impuesto en sí. Y esto afecta especialmente a la clase media y en forma generalizada a todos los que usan servicios digitales, como Netflix, Spotify», puntualizó el especialista, en diálogo con la agencia NA.

Domínguez aclaró que la medida oficial no es un impuesto, sino una percepción a cuenta de un tributo.

En ese sentido, aclaró: «Cuando se aplica la percepción a sujetos que no son contribuyentes ni de Ganancias ni de Bienes Personales, por ejemplo un empleado con un sueldo de $150.000, ahí se estaría afectando el principio de legalidad y el derecho de propiedad».

«Es que le aplican el 45% hoy y recién va a poder reclamar la percepción a partir del primero de enero del año que viene. Hay un proceso inflacionario que come el poder adquisitivo del dinero», añadió.

No obstante, aseguró que el aumento del recargo no es confiscatorio, ya que se trata de «un pago a cuenta de impuestos y se puede llegar a pedir la devolución».

En tanto, Adriana Piano, de la consultora SMS, consideró que la medida de la AFIP se ha tomado «en función de las necesidades de recursos que tiene el Estado y también para desincentivar el gasto con tarjeta de crédito en el exterior».

La especialista puntualizó que hay que tener en cuenta que se trata de una modificación de la percepción de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales, que se puede recuperar, y no de un incremento del impuesto PAIS, que grava al dólar para turismo y para ahorro y permanece sin modificaciones.

«El inconveniente acá es que para la gente que no paga Ganancias ni Bienes Personales, las percepciones no son fáciles de recuperar y recién se puede gestionar su cobro un año después de realizada la operación. Muchos empleados desisten de hacerlo», comentó Piano al mismo medio.

En consecuencia, dijo que esa dificultad termina perjudicando a quienes tienen menores ingresos, porque «es un trámite que muchas veces se complica para aquellos que no están interiorizados en este tipo de cuestiones».

Vicente Lourenzo, de la consultora LP, estimó que el recargo «no termina de ser disuasivo para limitar las compras en dólares, atento a que, en definitiva, es un pago a cuenta».

«Hay muchos contribuyentes que al liquidar el impuesto a las Ganancias, se encontraron con la buena noticia que tenían un montón de plata ingresada a cuenta», señaló Lourenzo a la agencia.

Por su parte, la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, aseguró este jueves que «no hay ningún aumento de impuestos ni ningún cepo», en referencia a la resolución general de la AFIP que «lo único que estableció es una mayor percepción del adelanto de Ganancias» del 35% al 45% para las operaciones con moneda extranjera en el exterior.

Cerruti puntualizó además que «el dólar ahorro no tuvo ninguna modificación», y que «el impuesto PAIS (del 30%) no se aumentó», al hablar en la habitual conferencia de prensa semanal en la Casa Rosada.

Asimismo, indicó que «no está en este momento en evaluación» una modificación en el esquema de retenciones a las exportaciones y que espera que la inflación de junio –que esta tarde dará a conocer el Indec- «sea menor» a la de mayo, en el marco de una política que apunta «paso a paso, día a día» a su desaceleración.