El presidente Alberto Fernández presentó este jueves el proyecto de ley de “Fomento al Desarrollo Agroindustrial”, en un acto del que también participó la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Julián Domínguez, entre otros funcionarios.

La iniciativa apunta a incrementar las exportaciones de bienes y servicios del sector y promueve el agregado de valor para crear empleos y promover inversiones, según informaron fuentes oficiales.

Promovida por el Consejo Agroindustrial Argentino y respaldada tanto por el Gobierno como por la oposición, esta propuesta apunta a beneficiar a la producción agropecuaria y agroindustrial de las 24 cadenas de valor del país.

Según el proyecto, que fue anunciado en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada, el Régimen comenzaría a aplicarse de manera retroactiva desde enero de este año, con vigencia hasta diciembre de 2030, y tiene por objetivo incrementar las exportaciones en U$S 7.000 millones y generar más de 150 mil puestos de trabajo en todo el país.

En el acto, el presidente destacó que este proyecto es el “resultado de un trabajo que duró más de un año, donde participaron sectores del agro, productores, universidades y científicos”.

“Es el resultado de escucharnos y buscar puntos de encuentro y ver cómo conciliamos intereses”, planteó Fernández.

En tanto, destacó que el proyecto de ley de “Fomento al Desarrollo Agroindustrial” respeta una “triple ecología”, en referencia a la “ambiental, la económica, para desarrollar exportaciones, y la social”, que es la que “garantiza más trabajo y de mejor calidad en las zonas rurales”.

“Puede haber matices, lo que no se puede discutir es la necesidad de avanzar, crecer y dar más igualdad a una sociedad desigual”, manifestó el mandatario.

En sintonía, celebró que con esta propuesta se está dando “un paso para ponerle fin a una disputa de años, entre el agro y la industria y la industria y la tecnología”.

Para el presidente, esta iniciativa significa “campo con más tecnología, más producción y la industria asociada al campo, para producir alimentos industrializados”.

Por su parte, el ministro de Agricultura, Julián Domínguez, aseguró que este proyecto de ley busca “impulsar la industrialización a través del valor agregado en origen, nuevas tecnologías y fomento de nuevas inversiones”.

Además, manifestó que con esta medida se podrían “generar unos 700 mil nuevos puestos de empleo directo e indirecto para 2030”.

El ministro también afirmó que esta propuesta “encarna la participación de todos los intereses de la cadena agroindustrial”, debido a que su elaboración fue consensuada con más de 60 entidades agropecuarias, con el objetivo de incrementar la inversión, sumar producción y el agregado de valor y generar empleo y mayores exportaciones.

Además, enfatizó que este proyecto de ley promueve la compra de semillas fiscalizadas para especies hortícolas, cereales, oleaginosas y legumbres mediante un bono del 50% como crédito fiscal.

Asimismo, la normativa plantea la armonización de débitos fiscales para diferentes producciones, como en el caso de las economías regionales, las cuales necesitan un “tratamiento diferente”.

En tanto, Domínguez destacó la “obligación de cuidar el interés general y la seguridad alimentaria de los argentinos” y también señaló la responsabilidad de “administrar con inteligencia los saldos exportables del sector”.

Detalles

La norma prevé la amortización acelerada en tres años – actualmente es en diez años- o acorde al tipo de inversión en cada sector del agro (por ejemplo, en la olivicultura es de 40 años).

Para inversiones en construcciones -excluida viviendas- y de infraestructura, establece que la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas será la que surja de considerar su vida útil, reducida al 50% de la estimada. También, prevé la devolución de IVA para inversiones en el plazo de un año, cuando actualmente eso se realiza en cuatro años.

Los interesados en acceder a los beneficios impositivos dispondrán de una «ventanilla única digital», mientras que los controles posteriores verificarán el cumplimiento considerando indicadores tales como volumen de ventas, volumen de producción física, volumen de exportaciones físicas, cantidad de personal ocupado o inversiones realizadas.

Para actividades agroindustriales que tengan IVA diferentes, se podrán computar los débitos fiscales generados por tales operaciones: esto beneficiará al sector de carne porcina, entre otros.

Por otra parte, el Régimen establece que los productores ganaderos, ante la valuación de hacienda vacuna a los fines del impuesto a las Ganancias, podrán optar por valuar sus existencias al momento de la venta y no durante el tiempo de engorde.

En ese sentido, la norma abarca a la hacienda cuyo peso promedio sea igual o superior a los 400 kilogramos vivo o que esos animales presenten un rendimiento en playa de faena de 225 kilogramos res con hueso en gancho.

Dejarán de pagar el Impuesto a las Ganancias durante los años de engorde y lo harán cuando los productores vendan los novillos: esto aumentaría la cantidad de carne para consumo en más de 60 mil toneladas anuales, según estimaciones del Consejo Agroindustrial.

Asimismo, con el propósito de incrementar la productividad de la ganadería vacuna, el proyecto prevé beneficios promocionales que alcanzarán a los ganaderos que obtengan, con respecto al promedio de los tres últimos ejercicios fiscales, aumentos en los porcentajes de destetes de terneros logrados o aumento del peso promedio de los animales enviados a faena.

La iniciativa se propone, también, incrementar el uso de semilla fiscalizada de especies autógamas de producción nacional y estimular la producción sustentable empleando fertilizantes e insumos, incluyendo los biológicos.

En este punto, se estableció un certificado de crédito fiscal intransferible, hasta el 50% de los gastos y erogaciones deducibles del Impuesto a las Ganancias correspondientes a adquisiciones de fertilizantes orgánicos e inorgánicos, insumos y fertilizantes e insumos biológicos, semillas autógamas, forrajeras y hortícolas, debidamente identificadas y fiscalizadas.

Ese certificado podrá ser utilizado por el término de 24 meses desde su emisión para la cancelación del Impuesto a las Ganancias o de sus respectivos anticipos y/o de la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas, y no podrá dar lugar a saldos a favor ni a reintegros o devoluciones por parte del Estado Nacional.

Este plazo podrá prorrogarse por 12 meses, por causas justificadas según lo establecido por la Autoridad de Aplicación.