El proyecto que envió el Gobierno al Congreso establece que los activos del Fondo de Garantía de la ANSeS podrán liquidarse para pagar los aumentos y los juicios de los jubilados.

Si se aprueba el proyecto, el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) del ente previsional deberá adecuarse en un plazo máximo de cuatro años para establecer sus inversiones a una serie de nuevos parámetros de inversión.

Los lineamientos generales establecen que las inversiones se harán según «criterios de seguridad y rentabilidad adecuados» y se establecen los siguientes topes:

–Bonos, letras o préstamos al Estado Nacional podrán destinarse como máximo el 50% de los activos totales del fondo.

–Bonos de las provincias, la Ciudad de Buenos Aires, otros municipios y entes autárquicos, hasta un máximo del 30%.

–Obligaciones Negociables (ON) y otros títulos de deuda de sociedades anónimas o civiles, financieras y cooperativas nacionales o sucursales de empresas extranjeras, el límite es el 40%.

–En depósitos a plazo, hasta el 30%, en acciones u ON convertibles privadas, incluyendo futuros y opciones, el límite es del 50%, acciones de sociedades del estado del 20%; en cuotas partes de fondos de inversión, 20% y en títulos públicos extranjeros o de organismos internacionales, 10%; en títulos valores de sociedades extranjeras, 10%.

–Tambien se limitan contratos de futuros y opciones, hasta el 10%; cédulas, letras y otros títulos con garantía hipotecaria,  hasta el 25%; títulos valores de cuotas de fondos de inversión indirecta, hasta el 10%; valores de de fideicomisos financieros no incluidos en los dos puntos anteriores, hasta el 30%.

–En títulos de deuda, participación, acciones u otros para financiar proyectos productivos, inmobiliarios o de  infraestructura de largo plazo: un mínimo del 5% y un máximo del  50% y también limita al 20% de los activos totales el financiamiento a los jubilados.