Conclusión Buenos Aires – Aldo Battisacco

El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat sostuvo en diálogo con Conclusión que la presentación que se realizó este lunes en la Cámara de Diputados, tiene como objeto el juicio político al presidente Javier Milei, Sin embargo, aclaró que el planteo no solo es jurídico, sino multifacético ya que incluye cuestiones económicas.

Para el jurista existe un quiebre del deber de obediencia a la supremacia de la Constitución Nacional por parte del presidente de la Nación  puesto que entiende que «existen condiciones sobradas por el mal desempeño como también posible comisión de delito en ejercicio de funciones que amerita la necesidad de examinar las violaciones a la normativa penal que derivan de sus dictados y menguada efectiva vigencia”.

Cabe recordar que el juicio político esta contemplado en la Constitución Nacional y su objeto es la destitución de un funcionario o su inhabilitación para ejercer cargos públicos. La Constitución Nacional establece que los funcionarios sujetos a este tipo de investigación son el presidente, el vicepresidente, el jefe de gabinete, los ministros del gabinete nacional y los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Este juicio público está a cargo del Congreso de la Nación.

Barcesat destacó que según el artículo 29 de la Constitución Nacional que establece que “el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna”. Es decir, entre los motivos de la acción existe, «causal de mal desempeño por usurpación de potestades que le corresponden al Congreso de la Nación, que fue objetivada por el decreto 70/2023 que ya tiene, dos averías, la primera es que el titular del Ejecutivo retiró el proyecto de Ley Bases, que expresaba ratificación del DNU 70/ 2023 y al retirarlo obviamente cayó su estado legislativo lo que constituye un rechazo respecto del mismo, el otro punto, es la  declaración de nulidad absoluta e insanable que se votó en la Cámara de Senadores y resta ahora la Cámara de Diputados».

El jurista abundó que en el escrito se pide que se investigue y acuse a Javier Milei, por “instigación a la población a cometer uno o más delitos específico, apología del delito y la incitación a cometer delitos financieros con la afectación a la división de poderes; y la comisión del delito de apología del crimen”.

Respecto del delito de abandono de personas y el incumplimiento de deberes de funcionario público, detalló entre las consecuencias “el desfinanciamieto y el desmantelamiento de los recursos asignados al Plan Nacional contra el Hambre, poniendo en peligro la vida y la salud de miles de personas, que asisten cotidianamente a los comedores comunitarios así como también la suspensión de la dirección de asistencia Directa por Situaciones Especiales Dadse) que implico el desfinanciamiento de los subsidios para ala adquisición de medicamentos, y o elementos de tecnología biomédica para pacientes oncológicos”.

En este sentido el artículo 106 del Código Penal establece que el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea porque se la ubica en situación de desamparo, o ser abandonando a su suerte, o ser incapaz de valerse por si misma y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado, será reprimido con prisión de 2 a 6 años.

También se consigna en el escrito, que a la par del pedido de enjuiciamiento, «el proyecto será puesto a disposición de toda la ciudadanía para la recolección de firmas con la convicción de que el pueblo argentino no se someterá a estas políticas de sufrimiento y desprecio por la Constitución Nacional». Sin descuidar, que la iniciativa cobra volumen con la movilización y el derecho de resistencia ante actos que son infames. Sobre el tema, el letrado ya había expresado que era su deseo que el pueblo argentino comprenda que liberarse de la miseria es recuperar la institucionalidad.

Barcesat acotó que cuando se realizó la presentación resulto ser «un doloroso tramite de recepción, porque si bien se ingreso el escrito y se le dio numero al expediente, cuando se quiso tener una copia en papel del mismo texto, hubo que esperar mas de una hora y pico de cabildeos, hasta que finalmente bajaron con el sello para acusar la recepción».

Que prospere el juicio político depende si existen las causales de mal desempeño o la comisión de delitos.La Cámara baja deberá reunir una mayoría especial. Luego, será de competencia del Senado definir si avanza el proceso para aceptar o rechazar la remoción del cargo.