El Gobierno exceptuó del pago de derechos de exportación a las operaciones que realicen las pymes a través del programa «Exporta Simple».

Mediante el decreto 793/2018 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno «introdujo beneficios para pymes exportadoras» y clarificó procedimientos relativos al pago de las retenciones para que «las empresas nacionales sean más competitivas y puedan exportar», según informó el ministerio de Producción y Trabajo.

La medida dispone exceptuar del pago de derechos de exportación a las pymes que utilizan «Exporta Simple», una plataforma diseñada por la Secretaría de Comercio que permite vender al exterior a través de couriers y correos cargando los datos de la operación en un portal web por un monto de hasta 600 mil dólares al año.

En la actualidad, más de 340 pymes usaron ese programa para realizar más de 1.600 operaciones de exportación desde el lanzamiento en diciembre de 2017.

El decreto también otorga un plazo de 60 días corridos sin intereses para el pago de estos derechos a las empresas que «en el año calendario inmediato anterior a la fecha del registro de la correspondiente solicitud de exportación para consumo» hayan exportado menos de 20 millones de dólares.

En el caso de exportaciones de bienes de capital, la disposición permite restar de la base imponible la parte facturada y parcial o totalmente cobrada en forma previa a la implementación de las retenciones del decreto 793/2018.

La normativa establece el tipo de cambio del Banco Nación del día anterior al registro de la solicitud de exportación para calcular el monto a abonar de retenciones, y realiza una aclaración técnica, en el sentido que el tope de $3 o $4 para las retenciones se calcula considerando en el cálculo la aplicación de la alícuota dentro de la base imponible.

El gobierno había dispuesto ya, a través del decreto 864/18, la eliminación de los aranceles a la importación de más de 100 posiciones arancelarias vinculadas a productos de informática y bienes tecnológicos (BIT).