Uno por uno: cuáles son los sectores que el Gobierno quiere restringirle el derecho a huelga
El Gobierno nacional emitió un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), impulsado por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger. La cúpula de la Confederación General del Trabajo (CGT) reaccionó rápidamente ante esta medida. Un representante del triunvirato confirmó que su equipo legal comenzó a analizar el decreto para impugnarlo, a través de un amparo.
- Conclusión en Buenos Aires
- May 21, 2025
¿Qué pasara en la Argentina con el Derecho a Huelga?: el Gobierno nacional emitió un decreto de necesidad y urgencia, impulsado por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, que reglamenta el derecho a huelga en el transporte, la educación y la salud, lo que obligará a los sindicatos que protesten a garantizar un servicio mínimo de entre el 50% y el 75%.
A lo largo de la historia, la calificación de servicios esenciales buscó restringir el derecho a huelga en áreas donde una interrupción podría poner en riesgo la vida o seguridad de las personas. Hasta hace muy poco, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aceptó en esta categoría actividades como atención médica urgente, suministro de agua y energía eléctrica.
El nuevo DNU, impulsado por Sturzenegger, establece que, además del 75% de prestación mínima en servicios esenciales, se necesite al menos un 50% en «actividades de importancia trascendental», que acumulan prácticamente la totalidad de la actividad económica del país. Además, el decreto anunció la creación de una Comisión de Garantías que se encargará de calificar otras actividades no incluidas como esenciales o trascendentales.
La cúpula de la Confederación General del Trabajo (CGT) reaccionó rápidamente ante esta medida. Un representante del triunvirato confirmó que su equipo legal comenzó a analizar el decreto para impugnarlo, a través de un amparo.
Por ahora, la central descartó hacer huelga, pero expresó desconfianza respecto a que haya una acción efectiva del Parlamento para frenar esta normativa.
El decreto marca como servicio esencial los siguientes rubros: servicios de salud, transporte y distribución de medicamentos, servicios de telecomunicaciones, producción y comercialización de energía, servicios aduaneros y migratorios, educación desde el nivel inicial hasta la secundaria, transporte aéreo, cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial
En tanto, las actividades catalogadas como de importancia trascendental son: producción de alimentos, servicios financieros (bancos), hoteleros, producción de medicamentos, servicios de radio y TV, transporte terrestre y subterráneo de personas o mercaderías (esto abarcaría desde colectiveros hasta camioneros y empleados de subte), actividades industriales continuas: incluye siderurgia, actividad química y cementera, industria alimenticia, producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor y la producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.

