Por Alejandra Ojeda Garnero

Corría el 13 de diciembre de 1991 y Nora Irma Cardo, de 36 años, trabajaba en una lencería del centro de la ciudad de Venado Tuerto cuando Edgardo Tomás Degiovanni, de 50 años, su ex pareja y padre de sus hijas de 7 y 9 años, ingresó al local y disparó cinco balazos. Dos le impactaron en el pecho, uno en el lado izquierdo de la cadera y otro detrás de la oreja, el quinto lo erró. Tan pacientemente como ingresó y cometió el brutal asesinato, salió y se dirigió a la comisaría donde se entregó, confesó el crimen y entregó el arma. Luego de un juicio, el 19 de agosto de 1993 fue condenado, en primera instancia, a 9 años de prisión, pero el fallo fue apelado y la Cámara, integrada por Marta Burrone de Juri, Gustavo García Méndez y Juan Rodolfo Rosso, resolvió el 24 de diciembre de 1993 aumentar la pena a 13 años de prisión efectiva, sin posibilidad de ningún beneficio. Tras cumplir los 13 años en prisión, el asesino salió y se internó voluntariamente en la colonia psiquiátrica de Oliveros donde permanece hasta la actualidad.

Esta no es una historia más de violencia de género, configura un precedente judicial de lo que hoy se conoce como femicidio y si bien la causa penal ya está cerrada, el conflicto continúa en el fuero civil por los bienes dilapidados por quien fue nombrado curador de los bienes, hermano del asesino, quien dejó en la ruina a las dos pequeñas hijas de la víctima.

El fallo emitido por la Cámara Penal resolvió condenar a Degiovanni “como autor responsable del delito de homicidio calificado a la pena de 13 años de prisión efectiva -arts. 12, 29 insc.3 y 80 inc.1 del Código Penal; la Cámara en el fallo considera que no hubieron circunstancias extraordinarias de atenuación”, como solicitó la defensa del homicida y que fue aceptada por los jueces de primera instancia.

La abogada Andrea Arcangeli, que representa a las hijas de la víctima en el fuero civil, dialogó con Conclusión para brindar detalles de la causa penal, ya cerrada, y del proceso civil, que aún continúa, por los bienes que desaparecieron tras quedar a cargo del curador, hermano del homicida, designado por la Justicia.

“Es importante destacar que las características de este caso es lo que después van a configurar lo que se conoce más adelante como femicidio, luego de este antecedente se crea el tipo penal de femicidio”, explicó Arcangeli.

Teniendo en cuenta que este fallo se dictó en el año 1993, la letrada señala la importancia de “los argumentos de los jueces en relación a la violencia de género ejercida por el homicida y la frialdad con la que actuó”, y “para dar una idea de lo que se trató en este caso, me parece oportuno reproducir el fallo de Cámara”, indicó la abogada.

Fragmento del fallo:

“Se había probado que la víctima se había separado del homicida desde hacía seis meses, vivía en otro domicilio, había conseguido trabajo y había manifestado su voluntad evidente de no reiniciar la vida en común, en cambio el acusado durante todo ese tiempo continuó persiguiendo y molestando de múltiples maneras a la víctima, terminando por darle muerte de forma premeditada cuando no la convenció de que volviera a la vida conyugal”.

Agrega el fiscal de Cámara: “Que la reacción intemperante, el ánimo de venganza o egoísmo del homicida quien decidió dar muerte a su esposa para que no pudiera llevar adelante una vida normal fuera de su compañía”.

Finalmente concluye la Cámara: “Si bien se registra como atenuante a favor del acusado la falta de antecedentes por ser una persona trabajadora, debo mencionar como agravante en primer término el desprecio demostrado hacia la vida humana sobre todo por tratarse la victima de su cónyuge, con más de 15 años de matrimonio además de la frialdad operativa su fiereza en la ejecución de los hechos, según testimonios de los vecinos que observaron salir de forma tranquila del negocio de lencería donde estaba la mujer fallecida (luego de dispararle cinco veces) y la reticencia a declarar en la causa con serios indicios de una simulación de amnesia”.

Con estos argumentos, la Cámara de Apelación eleva la pena de 9 a 13 años de prisión de cumplimiento efectivo. Basándose en las pericias psiquiátricas y en el informe médico forense del homicida, la abogada afirma que “él lo hizo plenamente consciente”.

Una muestra de ello es que días antes, ella recibió una advertencia por parte de su ex pareja cuando afirmó “decile a Nora que con esto firmó su sentencia de muerte”.

La frase fue dirigida a un hombre que abrió la puerta del departamento donde vivía Nora, a la llegada de Degiovanni.  El homicida enfureció al ver a otro hombre en la casa de su ex pareja y lanzó la amenaza para que sea trasmitida a la mujer. Y no tardaría en cumplir con sus palabras.

El 13 de diciembre de 1991, Degiovanni ingresó al local donde trabajaba Nora y le disparó cinco veces, dos balas le impactaron en el pecho, una en el lado izquierdo de la cadera y otra detrás de la oreja. El último disparo no alcanzó a la víctima que falleció en el lugar y con la serenidad que ingresó como si fuese a saludarla, salió del local y se presentó en la comisaría donde confesó el crimen y entregó el arma.

Lo terrible de éste y otros casos es que “se subestima el tema de la amenaza, porque en este caso no se le dio importancia a lo que decía este hombre. Porque, obviamente nadie piensa en un desenlace de esta naturaleza”.

Si bien no se registraron denuncias por violencia a lo largo de los 14 años que mantuvieron su vínculo matrimonial, tenían una relación difícil. “Él decía que ella era su obra de arte, que la había tallado y que iba a disfrutar de su obra”, contó Arcangeli según consta en el expediente.

Aunque no se conoce si Nora fue víctima de maltrato físico, ya que no existen denuncias como antecedentes, Arcangeli pudo saber que “había signos de una personalidad complicada, un hombre posesivo, controlador que había estado en tratamiento por un estado depresivo, pero nada le impedía entender lo que hizo”.

Tras el fallo de Cámara, el homicida cumplió la condena de 13 años de prisión y “se dirige a la colonia psiquiátrica de Oliveros y se interna voluntariamente, donde reside hasta la actualidad. Durante toda su estadía en el establecimiento de salud presentó cuadros de depresión hasta llegar al punto del abandono de su persona. Esto derivó en internaciones en terapia intensiva, además de un cuadro emocional sumamente complejo”, indicó la abogada.

Los casos de violencia de género derivan en daños colaterales irreversibles, y en este punto es importante destacar que “cuando sucede este desgraciado hecho, el matrimonio tenía dos hijas chicas y las consecuencias que genera esto son imposibles de cuantificar desde todo lugar. Aún hoy, las hijas, que están casadas y tienen hijos, padecen las consecuencias de esta brutalidad. Es decir que, la violencia de género es inusitada e imposible de cuantificar en las consecuencias que produce, no solamente para los involucrados de manera directa sino a sus familiares y el daño es irreparable”, señaló.

El caso llega aquí al punto más álgido, ya que “como las hijas eran menores al momento del hecho, la justicia nombra al hermano del homicida como curador para que administre los bienes de las niñas”, contó Arcangeli.

Si bien la causa penal está cerrada porque el homicida cumplió su condena, el litigio continúa, después de 25 años, en el fuero civil para recuperar los bienes de las menores que fueron “dilapidados por el curador”.

La familia poseía varios bienes, tanto víctima como victimario contaban con varias propiedades, campos, casas, autos, que quedaron bajo la administración del curador, pero a la mayoría de edad de las hijas y ante el reclamo de los bienes de la familia, tomaron conocimiento sobre la inexistencia de los mismos.

En este sentido, la letrada explicó que “curador significa administrador de sus bienes. En la actualidad estamos lidiando con un juicio de rendición de cuentas con relación al curador, porque era una familia que estaba bien económicamente y los bienes no existen, no están en la realidad, con lo cual el curador tendrá que rendir cuentas y decir a ciencia cierta dónde están”, adelantó la abogada.

En el plano afectivo, los daños también son irreparables, porque a pesar del daño ocasionado, “las chicas intentaron llevarlo a la casa, pero la situación se torna invivible, es inconcebible de modo que él mismo se auto-margina, se auto-interna en la Colonia psiquiátrica de Oliveros”, detalló Arcangeli.

A pesar de esta patología que padece Degiovanni, la letrada señaló que “es importante destacar que el señor entendía perfectamente lo que hacía (homicidio), que fue de manera voluntaria al comercio de lencería donde trabajaba su esposa, hizo cinco disparos que le impactaron, dos en el pecho, uno en la cadera, uno detrás de la oreja y un quinto lo erró”, describió Arcangeli.

Luego de cometido el crimen, “se retiró con el revólver en mano, caminando muy tranquilamente y fue a la comisaría a entregarse y relató lo que había hecho”, con total frialdad y en un acto que la abogada considera que fue “premeditado y con alevosía porque la víctima estaba en estado de indefensión. Pero además, con una frialdad muy difícil de reconocer, se trataba de su esposa con quién había convivido más de 15 años y si bien fue condenado porque se llegó a la conclusión de que sabía lo que hacía, había una especie de melancolía o de depresión que padecía, pero de ninguna manera obnubilado en la razón”.

Uno de los relatos que muestra la psiquis de los agresores y que se repite en muchos casos, no fue la excepción en este, Degiovanni decía que “la mujer nunca iba a estar con otra persona que no fuera él. Que ella había sido su obra de arte, él la había conocido muy joven, había hecho un esculpido respecto de ella y eso era para disfrute pura y exclusivamente de él y ahí tomó una decisión y las consecuencias son imposibles de cuantificar, el daño que se hace desde lo emocional y desde todo punto de vista, es absolutamente irreversible”, concluyó.