Luego de los tarifazos que tuvieron en vilo a todas las universidades públicas del país, un fallo más que polémico cayó pesadamente sobre la educación superior. El fallo declaró inconstitucional el ingreso libre e irrestricto a las casas de altos estudios.

La decisión fue tomada a fines de marzo, por el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9, Pablo Cayssials, quien hizo lugar a un recurso de amparo de la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM) contra el Estado nacional y declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley 27.204 que disponen el acceso libre e irrestricto, según lo destacó un portal de informacion de La Plata.

La norma fue sancionada en octubre de 2015, y con ello se logró modificar los puntos nodales de la Ley de Educación Superior del Gobierno de Carlos Menem y garantizar la gratuidad al prohibir “cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa directos o indirectos” en las Universidades públicas.

A pesar de esto último, el fallo de Cayssials cuestiona el artículo 2, inciso “a”, que garantiza “la igualdad de oportunidades y condiciones en el acceso, la permanencia, la graduación y el egreso”; y el artículo 4, que, entre otras cosas, establece que “todas las personas que aprueben la educación secundaria pueden ingresar de manera libre e irrestricta a la enseñanza de grado en el nivel de educación superior”.

Este posicionamiento del magistrado,  violaría no sólo la autonomía universitaria, que permite instaurar “sistemas de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes”, sino también lo dispuesto en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. “Si bien la enseñanza secundaria debe ser generalizada y hacerse accesible a todos, la enseñanza superior ‘debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno’”, subrayó el magistrado.

Algunas opiniones del mundo jurídico, entienden que el juez coloca los pactos de derechos humanos como un techo y no como un piso para asegurar más derechos; y, al mismo tiempo, otorga una interpretación de la autonomía universitaria diversa a la que sostiene la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.

Luego que el fallo declaró inconstitucional el ingreso libre e irrestricto, este recayó en la Sala III de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo, que se mantuvo expectante acerca de una posible apelación del Gobierno de Mauricio Macri, pero eso nunca ocurrió.