La Justicia provincial condenó a Supermercado La Gallega y a Unilever Best Foods de Argentina por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios.

Las empresas se negaron a entregarle a un joven de 19 años un auto que había ganado en un sorteo, porque según las bases y condiciones del concurso, sólo podían participar mayores de 21 años.

Como ocurre habitualmente, el supermercado luego que el cliente realizara una compra le entregó un cupón para participar del sorteo de un auto. Pero no entregaron el premio argumentando que el ganador era menor de edad.

En este sentido el juez Marcelo Quaglia afirmó que “la actividad desarrollada por La Gallega implicó un beneficio para Unilever, ya que incentivaba indirectamente la adquisición de sus productos”.

En la contestación de la demanda, el supermercado reconoció haber organizado el sorteo con Unilever.

En ese marco, el juez en lo civil y comercial destacó que “el consumidor tiene derecho a una información adecuada y veráz”.

Por lo tanto, el magistrado consideró que el joven que ganó el sorteo y le negaron la entrega del premio por ser menor de edad “no fue informado o advertido de la necesidad de ser mayor de edad para participar”.

Además, agregó que los demandados “debieron extremar los recaudos para que sea fehacientemente conocida la existencia de restricciones en la promoción”.

En consecuencia, Supermercado La Gallega y Unilever de Argentina deberán entregarle un auto Chevrolet Celta cero kilómetro y 15 mil peos por daño moral.