VIERNES, 05 DE JUN.

Reforma constitucional: fiscales y defensores ganan autonomía, pero “la política” mantiene poder sancionatorio

La comisión de Poder Judicial presentó el dictamen de mayoría del frente Unidos, que será la letra de la nueva Constitución. El Ejecutivo mantendrá facultades. El MPA y la Defensa serán órgano “extrapoder”.

 

Con un mix entre los proyectos de la UCR y del Partido Socialista, la comisión de Poder Judicial y otros órganos constitucionales de la Convención reformadora de la Constitución provincial presentó el dictamen de mayoría, que será el que se convierta en la letra de la nueva carta magna. Finalmente, se creará un Ministerio Público que reunirá a los actuales Ministerio Público de la Acusación (fiscalías) y Servicio Público de la Defensa Penal que serán órganos independientes del Poder Judicial y entre sí. Sus cabezas serán propuestas por el gobernador a la Legislatura y el modo de selección y remoción estará a cargo de un Consejo Asesor que, si bien no tendrá participación del Poder Ejecutivo, sí tendrá preeminencia de la política sobre las organizaciones de juristas.

La comisión consiguió este jueves, alrededor de las 21, un entendimiento entre los convencionales del frente oficialista Unidos, que impuso su mayoría, pero antes tuvo que dirimir las diferencias internas, que no fueron pocas.

Uno de los puntos que estaban en debate era la duración del cargo del Fiscal General y el Defensor General, que la UCR pretendía que coincidiera con el período de gobierno del gobernador y fuera elegido por él. El fundamento consistía en que la política de persecución penal debía estar en manos del Poder Ejecutivo. El MPA, en cambio, sostenía que -aún con coordinación entre las partes- esa facultad corresponde al Fiscal General.

Finalmente se resolvió que tanto las cabezas del Ministerio Público duren cinco años en sus cargos, de modo de desacoplarlos del período de gobierno del Ejecutivo y dotarlos de mayor independencia. Podrán ser reelegidos por un nuevo período, pero el actual cuenta como el primero.

Selección y remoción

 

Uno de los puntos más calientes de la discusión entre el MPA y la política pasó por el procedimiento de selección y remoción de fiscales y defensores. Actualmente, la sanción de los fiscales está en manos de la Legislatura, desde una reforma impulsada por el Senado en 2018 que se trató sobre tablas (es decir, sin pasar por las comisiones) y sin debate. Para los estándares del derecho internacional, ese mecanismo permite presiones políticas y vulnera la garantía del debido proceso.

 

 

El acuerdo de los partidos que conforman Unidos parió la creación de un Consejo Asesor. “Los jueces, fiscales y defensores del Ministerio Público son designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa, previa realización de un procedimiento de selección transparente, público y con participación ciudadana, orientado a garantizar la idoneidad técnica, ética y funcional y la acreditación de las competencias para el desempeño del cargo y su compromiso democrático”, dice el dictamen.

El Consejo Asesor estará ubicado en el Poder Ejecutivo y estará integrado por un representante del Poder Judicial, del Ministerio Público de la Acusación o del Ministerio Público de la Defensa teniendo en cuenta el órgano de la vacante a cubrir; un diputado; un senador; un abogado matriculado en los Colegios de la Abogacía con asiento en la Provincia; y un académico perteneciente a Universidades Públicas con sede en la provincia. Será el encargado de realizar los concurso para cubrir vacantes y elevarla al gobernador, para que luego la envíe para su aprobación o rechazo a la Legislatura.

Para la remoción de jueces, fiscales y defensores se creará un Tribunal de Enjuiciamiento de la Magistratura y del Ministerio Público que estará integrado, según el dictamen de mayoría de la Convención constituyente, “por un magistrado, fiscal o defensor, según corresponda; dos senadores y dos diputados elegidos por la Asamblea Legislativa con representación plural y dos abogados matriculados en los Colegios de la Abogacía con asiento en la provincia. Ninguno de sus integrantes percibe retribución por su tarea”. Es decir que habrá preeminencia de la política por sobre las corporaciones judiciales.

“El procedimiento llevado adelante por ante el Tribunal de Enjuiciamiento es acusatorio, oral y público, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa. La resolución recaída debe ser fundada. La acusación ante el Tribunal de Enjuiciamiento debe ser técnica. La ley dispone quien debe actuar como acusador”, dice el dictamen de Unidos enviado a la comisión redactora de la nueva Constitución.

Corte Suprema

 

Como se preveía, el nuevo texto dirá que “la Corte Suprema de Justicia se compone de siete ministros”, tal como lo estableció la última ley de reforma del Poder Judicial, aprobada por el oficialismo en la Legislatura a fines del año pasado.

“Su integración procurará la paridad de género y la representación territorial, de acuerdo con lo que establezca una ley especial”, agrega el dictamen de mayoría. Sus integrantes serán designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa, como hasta ahora, y durarán en el cargo hasta los 75 años.

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En cuanto al mecanismo de remoción, “los ministros de la Corte Suprema de Justicia están sujetos al juicio político”, mientras que “los demás jueces son enjuiciables conforme lo dispuesto en la sección correspondiente de esta Constitución”, agrega el dictamen de mayoría de la comisión.

La nueva Constitución también mantendrá la figura del Procurador General, que integrará el Poder Judicial y “dictamina ante la Corte Suprema de Justicia y ejerce aquellas funciones que determine la ley, actuando en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”. Además, “el Procurador es designado por el Poder Ejecutivo, con acuerdo de la Asamblea Legislativa”, como los ministros del máximo tribunal.

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