DOMINGO, 19 DE JUL.

Cambian la forma de calificar películas en Argentina: ¿cómo se determinará a partir de que edades pueden verse?

Desde Casa Rosada eliminaron la Comisión Asesora de Exhibiciones Cinematográficas y ahora el Incaa será el único encargado de determinar desde qué edades pueden verse las producciones. No obstante, cuando los títulos sean extranjeros se mantendrán las evaluaciones hechas en el país de origen.

 

El Gobierno nacional cambió el sistema que calificaba películas en Argentina: mediante el Decreto 50/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, disolvió la Comisión Asesora de Exhibiciones Cinematográficas y dispuso que sea el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa) el que se encargue de determinar desde qué edades se pueden ver los títulos. Cuando se trate de producciones internacionales, se tendrán por buenas las evaluaciones realizadas en los países de origen.

En los últimos cuarenta años una comisión colegiada veía las películas y determinaba si el material era Apto para Todo Público (ATP) o si era para mayores de 13, 16 o 18 años. Pero con las recientes medidas dictadas por la gestión de Javier Milei este trabajo recaerá exclusivamente en el Incaa, que asumirá la competencia técnica para definir las categorías orientativas para el público.

A partir de ahora, el Estado mantendrá un rol “orientativo”, mientras que la responsabilidad primaria sobre el consumo de contenidos por parte de menores recae en los padres o tutores.

“En el Incaa funcionará un sistema de calificación de películas cinematográficas, cuya finalidad es establecer la aptitud de las mismas para ser vistas por menores, contemplando el caso, si se lo considera conveniente de que asistan a su exhibición en compañía de sus padres; y prevenir a los adultos sobre su contenido mediante una calificación específica”, señalaron desde el Gobierno mediante el decreto 50/2026, que lleva la firma del presidente Milei y del jefe de Gabinete, Manuel Adorni.

El documento también consideró que la comisión que se encargaba de calificar las películas tenía “criterios desactualizados” y no trabajaba de manera ágil y adecuada, lo que generó “demoras y dificultó la dinámica del sector audiovisual”. Por ello, decidió disolverla.

“El Incaa cuenta con la capacidad técnica, los equipos especializados y la experiencia acumulada que lo posicionan como el órgano idóneo para llevar adelante el proceso de calificación, garantizando evaluaciones fundadas en criterios profesionales y transparentes”, añadió el decreto, con lo que el organismo asumió la “competencia exclusiva” de las evaluaciones.

La gestión libertaria también consideró que la mayoría de los títulos que se estrenan en las salas argentinas son de origen extranjero –sobre todo estadounidense– por lo que decidió “admitir la validez de las calificaciones emitidas por organismos públicos o privados debidamente reconocidos en su país de origen, sin perjuicio de la facultad del Incaa de adecuarlas a los criterios nacionales cuando corresponda”.

El Poder Ejecutivo consideró que es “innecesario” usar recursos para volver a calificar películas que ya fueron evaluadas por organismos internacionales estandarizados, por lo que admitirá las evaluaciones de origen. No obstante, el Incaa podrá modificarlas de oficio si existieran “razones de orden público”.

La nueva normativa entrará en vigencia dentro de 60 días corridos.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, celebró la medida en sus redes sociales y destacó: “Hasta este decreto, la calificación de las películas las hacía un comité donde había un representante de la iglesia. Ese comité desaparece y se elimina la veeduría Estatal para películas para mayores. Así, si un productor dice que su película es para mayores de 17 (sería la categoría adulta) no hay revisión del Estado. Se usa esa calificación y ya. Sacamos al Estado del medio que nada tiene que hacer supervisando lo que vemos”.

“Además –añadió–, permitimos que los niños puedan ver películas de cualquier categoría con el acompañamiento de al menos uno de sus padres o tutores (antes era solo la categoría superior a la de su edad). Deja de ser el Estado el que dice qué podés ver, sino que ahora lo hará la gente que te quiere y que vela para que crezcas sano y curioso”.

¿Cómo se calificarán las películas de aquí en adelante?

El Gobierno también reglamentó la Ley N° 23.052 y dispuso que las películas que se exhiban en salas abiertas al público no podrán tener “ningún tipo de censura”. Además, fijó un nuevo sistema de calificación:

• Audiencia General (G): contenido general, adecuado para personas de todas las edades.
Supervisión parental sugerida (SP): se recomienda la orientación y supervisión de personas adultas, dado que ciertos contenidos pueden no ser apropiados para niños pequeños.
Restringida para menores de 13 años (R-13): contiene material que puede ser inadecuado para menores de esa edad sin la supervisión de sus padres y/o tutores.
Restringida para menores de 17 años (R-17): contiene material que puede ser inadecuado para menores de esa edad sin la supervisión de sus padres y/o tutores.
Solo apta para mayores de 18 años, de exhibición condicionada (C): contenido destinado únicamente a un público mayor de edad.

Cambió la forma de calificar películas en Argentina: las evaluaciones internacionales ganaron terreno by Conclusión TV

“El Incaa podrá complementar las categorías con leyendas que incluyan advertencias o recomendaciones adicionales relativas al contenido de la obra cuando así lo estime pertinente. Los menores de edad podrán presenciar, en compañía de alguno de sus padres o tutores, cualquiera de las exhibiciones cinematográficas con excepción de aquellas clasificadas como ‘De exhibición condicionada (C)’, cuya asistencia estará restringida exclusivamente a personas mayores de 18 años”, destacó la normativa.

Tal como ocurre actualmente, al inicio de toda película deberá mostrarse una placa informativa con una duración de entre cinco y diez segundos en la que conste de manera clara y legible la calificación del material.

Quienes no respeten estas calificaciones y permitan que menores vean ciertos títulos sin la presencia de sus padres o tutores podrán ser sancionados con multas o con la clausura de los locales por un plazo de hasta treinta días.

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