DOMINGO, 19 DE JUL.

Viernes clave para el oficialismo: el Senado sesiona con el objetivo de convertir en ley la reforma laboral

Tras plantear cuestiones de privilegio, los senadores empezaron por debatir la Ley Penal Juvenil y luego analizarán los cambios en el artículo 44 de la reforma laboral que ya habían aprobado semanas atrás. 

 

El Senado sesiona desde las 11 de este viernes, con el objetivo de darle sanción definitiva a dos temas claves para el oficialismo: la reforma laboral y Ley Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad a 14 años. Para La Libertad Avanza es estratégico convertir en ley ambas iniciativas y todo indica que será uno de los logros que el presidente Javier Milei presentará ante la Asamblea Legislativa el próximo domingo, cuando inaugure las sesiones ordinarias.

Tras plantear cuestiones de privilegio, los senadores empezaron por debatir la Ley Penal Juvenil y luego analizarán los cambios en el artículo 44 de la reforma laboral que ya habían aprobado semanas atrás. 

¿En qué consiste la Ley Penal Juvenil?

La reforma de la Ley Penal Juvenil, aprobada el jueves último por la Cámara de Diputados, reduce de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y propone para los menores desde sanciones breves hasta 15 años de cárcel en caso de delitos graves.

El régimen especial de minoridad propuesto por el oficialismo propone un abanico de sanciones o castigos alternativos a las penas privativas de la libertad, establece que los menores no deben mezclarse con los adultos en los lugares de reclusión e incluye medidas complementarias de resocialización.

Para delitos con penas menores a 3 años se descarta la prisión efectiva, mientras para las penas de entre 3 y 10 años vinculados a delitos que no hayan ocasionado la muerte o lesiones graves se priorizan otro tipo de sanciones con un enfoque social y educativo.

Cambios en las leyes de trabajo

La reforma laboral, impulsada por el Poder Ejecutivo, contempla profundos cambios en el sistema de despidos, vacaciones, negociaciones colectivas y derecho de huelga en servicios esenciales.

El Senado ya había tratado y aprobado esta reforma semanas atrás, pero cuando la normativa fue discutida en la Cámara de Diputados se eliminó el artículo 44, que rebajaba entre un 25% y 50% los salarios para los trabajadores que pidan licencias por enfermedades o accidentes fuera del ámbito laboral. Por ello, este el senado volverá a analizar el proyecto para dar el visto bueno a este cambio.

La Libertad Avanza –cuyo bloque en el Senado preside Patricia Bullrich– llega a la sesión un día después de haber tratado los proyectos de Régimen Penal Juvenil y la reforma de la Ley de Glaciares, y tras haber sancionado en diciembre las leyes de Presupuesto e Inocencia Fiscal.

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Para tratar la reforma laboral el oficialismo debió realizar un trámite exprés entre la sanción de esa iniciativa en la Cámara de Diputados el viernes último y la emisión del dictamen del Senado, que se produjo en el mediodía de ese mismo viernes, lo que provocó quejas opositoras.

Como sucedió cuando la reforma se aprobó en primer término, el 11 de febrero, el Gobierno ya tiene garantizado el respaldo de los gobernadores aliados de Chubut, Ignacio Torres; de Mendoza, Alfredo Cornejo; de Corrientes, Juan Pablo Valdés; de San Juan, Marcelo Orrego; de Neuquén, Rolando Figueroa; de Misiones, Hugo Passalacqua, y de los peronistas de Tucumán, Osvaldo Jaldo; y de Salta, Gustavo Sáenz.

Pero la sanción de la ley no fue sencilla y requirió que la mesa política del Gobierno, que encabeza secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, encarara negociaciones con gobernadores y legisladores de bloques dialoguistas a lo largo de casi dos meses.

Con esos consensos enhebrados, el oficialismo logró aprobar el 11 de febrero el proyecto en el Senado y el jueves 19 en Diputados, aunque con la modificación del artículo 44.

¿En qué consiste la reforma?

Entre otras reformas, el proyecto establece que las vacaciones podrán no otorgarse durante el verano ya que una vez cada tres años le corresponderán al empleado en la temporada estival, además de que se podrán fraccionar en plazos no menores a 7 días.

Además, las empresas no tendrán obligación de pagar horas extras porque habrá un sistema de compensación: si un empleado trabaja doce horas en lugar de ocho, se le podrán dar cuatro horas a compensar.

La jornada máxima será de doce horas (con doce horas obligatorias de descanso) y esa extensión laboral será compensada con la reducción de la jornada en otra fecha del calendario.

Los despidos serán más económicos para las empresas ya que no se computará el aguinaldo, vacaciones o premios, y solo se hará en base al salario básico, o sea, se tomará como base el salario promedio de la actividad.

Las indemnizaciones se podrán pagar en doce cuotas en las empresas grandes y dieciocho en las pymes, igual que las sentencias judiciales.

En materia de gremios, se mantendrá el aporte que le descuentan a los trabajadores para el sindicato con un tope del 2%, y el empleador se mantendrá como agente de retención, como exigía la Confederación General del Trabajo (CGT).

En tanto, los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo colectivo.

También se permitirá en la negociación colectiva de actividad, rama, región, acuerdo de empresa y/o mediante acuerdo individual o decisión unilateral del empleador, incorporarse por encima de los salarios otros componentes retributivos dinámicos adicionales, transitorios, fijos o variables.

Se restringe el derecho a huelga al declararse determinadas actividades como “servicios esenciales”, con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 75%, y “servicios trascendentales”, con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 50%.

Asimismo, serán consideradas “infracciones muy graves”, con el impedimentos a realizar bloques, cuando se cumpla alguna de las siguientes hipótesis: “Afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza mediante actos y/o hechos y/o intimidaciones o amenazas”.

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