Multa millonaria a Flybondi por cancelar un vuelo en el aeropuerto de Neuquén
La empresa deberá abonar casi $230 millones tras la cancelación de un vuelo a Aeroparque y la falta de información a los pasajeros en el mostrador del Aeropuerto Internacional Juan Domingo Perón.
- Info general
- Mar 16, 2026
El Gobierno de Neuquén sancionó a Flybondi con una multa de $228.917.600 por incumplimientos en la atención a usuarios en el Aeropuerto Internacional Juan Domingo Perón. La medida se tomó luego de la cancelación de un vuelo a Aeroparque y la constatación de irregularidades en el mostrador de la compañía, donde los pasajeros no recibieron información adecuada sobre la situación de su vuelo.
La actuación se originó a partir del Acta de Inspección N° 01/2026, realizada el 12 de enero, luego de reiterados reclamos de pasajeros que esperaban viajar a Buenos Aires. Durante el control, los inspectores del Ministerio de Gobierno, Mujeres y Derechos Humanos verificaron que varios usuarios solicitaban información sobre la cancelación del vuelo F05301 programado para las 9:30, y constataron que no había personal de la empresa para brindar respuestas.
Además, los inspectores advirtieron que en el lugar no había cartelería con datos identificatorios, razón social, CUIT ni horarios de atención. Por estas razones, el Gobierno imputó a Flybondi por presuntas infracciones a los artículos 4° y 8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
La empresa presentó su descargo, que fue analizado por el Cuerpo Asesor Legal antes de resolverse la sanción administrativa.
Asimismo, Neuquén confirmó su adhesión al Registro Nacional de Infractores (RENAI), una base pública que permite consultar sanciones aplicadas a empresas que incumplen la normativa de defensa del consumidor en todo el país.
Este registro incluirá información sobre razón social, CUIT, expediente, tipo de sanción y el encuadre legal de la infracción, reforzando la transparencia y el cumplimiento de los derechos de los consumidores.
De esta manera, la provincia refuerza la protección de los usuarios en cumplimiento del artículo 42 de la Constitución Nacional y del artículo 55 de la Constitución Provincial, que garantizan el derecho a recibir información adecuada, trato equitativo y condiciones seguras en la prestación de bienes y servicios.

