DOMINGO, 19 DE JUL.

La Justicia santafesina ordenó devolver casi $30 millones a víctimas de estafas virtuales

La medida alcanza a cuatro bancos y billeteras digitales, que deberán restituir el dinero en un plazo de 30 días. La fiscalía advirtió fallas en los controles de seguridad.

La Justicia de Santa Fe ordenó a cuatro entidades financieras y plataformas digitales devolver cerca de 30 millones de pesos a dos víctimas de estafas virtuales ocurridas a mediados de 2025. La decisión fue tomada por el juez penal Sergio Carraro, quien hizo lugar al pedido de la fiscalía en el marco de una investigación que continúa en curso.

En este sentido, durante una audiencia realizada en tribunales, el magistrado dispuso que las firmas Invertironline SA, Bind PSP SA, Mercado Libre SRL y Tecnopoint SA restituyan los montos sustraídos, fijados en $12.401.876 y $16.685.703,55. De este modo, el total a reintegrar asciende a $29.087.579,55 y deberá efectivizarse en un plazo de 30 días.

Por su parte, el fiscal de la Oficina de Delitos Informáticos del MPA, Agustín Nigro, reconstruyó la mecánica de las maniobras, que tuvieron lugar entre el 10 y el 19 de junio de 2025. Según explicó, las víctimas, oriundas de Rosario y San José del Rincón detectaron que sus cuentas habían sido vaciadas y que los fondos fueron transferidos a cuentas virtuales vinculadas a otras entidades.

Asimismo, detalló que las operaciones se realizaron utilizando datos personales reales, aunque con validaciones biométricas correspondientes a terceros. En efecto, los documentos habían sido editados con fotografías fraguadas, lo que permitió concretar las maniobras fraudulentas mediante la apertura de cuentas apócrifas.

En consecuencia, la fiscalía sostuvo que existieron fallas en los controles de seguridad de las plataformas intervinientes. En esa línea, Nigro remarcó que las entidades tienen la responsabilidad de identificar de manera unívoca a quienes operan, tal como lo establece la normativa vigente. Sin embargo, consideró que “hubo una falla en el proceso de validación”.

Por otro lado, también cuestionó la actitud de las empresas tras el hecho. Según indicó, en algunos casos retacearon información durante la investigación y, en otros, directamente carecían de registros adecuados. Incluso, señaló que la resistencia a devolver el dinero evidenció una conducta perjudicial hacia los clientes.

A su turno, el juez Carraro convalidó el planteo fiscal y entendió que el pedido estaba habilitado en el marco del proceso penal. Si bien reconoció que las empresas también fueron engañadas, sostuvo que su intervención resultó clave para que el delito se concretara. Por ello, planteó que las víctimas no deben continuar soportando el daño.

En contraposición, los representantes legales de las firmas rechazaron la medida y cuestionaron su procedencia en esta instancia. No obstante, el planteo fue acompañado por los abogados querellantes, quienes destacaron el avance de la investigación.

Aunque la causa sigue en curso y ya cuenta con presuntos responsables identificados, la resolución judicial abre un nuevo debate sobre la responsabilidad de las plataformas financieras en la prevención de delitos informáticos y la protección de los usuarios.

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